En la noche de ayer en el Teatro de Verano "Ramòn Callazo" (Montevideo - Uruguay), asistimos como todos las noches a escuchar actos de racismo continuos.
Los chistes ràpidos, casi imperceptibles pero con acides y profundidad.
Cuando se habla de quien es màs bello, guapo o buen mozo comparando a los jugadores de la Selecciòn Uruguaya de Fùtbol, entre los canones de belleza priman las preferencias raciales. Una de las tantas murgas que actuò en el teatro de verano cuando habla del capitan Diego "a Tota" Lugano lo hace con respecto sin aludir al color de la piel ni su origen etnico.
El tratamiento es distinto para Alvaro "Palito" Pereyra, jugador que fenotipicamente podriamos encasillarlo como afrodescendiente, en el transcurso de 1 minuto 30 para reforzar un chiste se dijo la palabra "Negro" de 3 a 4 veces.
No es la primera vez que ocurre en cada una de la categorias, los defensores de los chistes faciles diràn que va en el tono en que se diga y en el cotexto.
Desde esta pàgina nos preguntamos por que cuando se habla de dos uruguayos que realizan una misma actividad nos dejan a entender de una forma no tan inteligente:
¿el afrodescendiente no es lindo y no afrodescendiente y rubio es atractivo y por consiguiente hay que repetirlo varias veces?
¿Què efecto causa en el autoestima de los receptores del mensaje afrodescendientes?
¿Consecuencias de este discuros en los espectadores no afrodescendientes con respecto a la percepciòn que ellos puedan tener de las minorias?
Son preguntas abiertas que nos quedan sin responder màs alla de estudios existentes en la materia de uso del discurso.
Por ùltimo le posteamos en su totalidad el reglamento y marcamos en rojo el rubro 3 textos e interpretaciòn para que saquen sus propias conclusiones.
En caso de obtener algun video para tener una mayor visualizaciòn lo postearemos.
REGLAMENTO DEL CONCURSO OFICIAL 2011
ARTÍCULO 1. – El Carnaval Oficial comenzará con el Desfile Inaugural y finalizará con la entrega de premios y menciones del Concurso Oficial de Agrupaciones Carnavalescas, en adelante Concurso Oficial, el cual se compondrá de tres ruedas independientes entre sí. La suma de los puntajes de la 1ª y 2ª Rueda definirán los pasajes a la 3ª. Rueda o Liguilla en la que participarán los conjuntos de todas las categorías que hayan sumado mayor puntaje de acuerdo al sistema que se detalla más adelante.
ARTÍCULO 2 – D.A.E.C.P.U (Directores Asociados de Espectáculos Carnavalescos Populares del Uruguay) designará un representante que oficiará de delegado entre los directores responsables de los conjuntos concursantes y el Presidente del Jurado con el único fin de establecer los contactos que sean necesarios entre las partes, así como un Coordinador que colaborará en todo lo concerniente al espectáculo propiamente dicho a los efectos de facilitar la agilidad y continuidad del mismo.
ARTÍCULO 3 – Los espectáculos del Concurso Oficial comenzarán el día 31 de enero del 2011 y la primera etapa se iniciará a las 21 horas. Podrán ser suspendidos por los Administradores del Certamen por mal tiempo u otras razones de fuerza mayor hasta una hora antes de la fijada para la iniciación del espectáculo. A partir de ese momento y por causas similares solamente el Presidente del Jurado está facultado para suspender total o parcialmente una etapa. Las etapas suspendidas pasarán al final de la rueda correspondiente. De tal resolución se deberá dar cuenta a los interesados, comunicándole por escrito las nuevas fechas de actuación.
ARTÍCULO 4- El Jurado que dictaminará en el Concurso de Agrupaciones estará integrado por un Presidente titular, un Presidente alterno, 8 jurados titulares, 4 alternos- que actuarán en las 3 ruedas – y un funcionario administrativo, el cual oficiará de Secretario del cuerpo, designados por la Intendencia de Montevideo. El Presidente, al igual que los demás miembros del Jurado, deberán tener amplios conocimientos sobre Carnaval y, específicamente en los casos que así lo requiera para quienes calificarán, conocimientos técnicos sobre el rubro en el que se desempeñarán, no pudiendo haber estado vinculados a esta actividad ni como Directores de Conjunto, ni como componentes o técnicos, ni como empresarios de escenarios Carnavalescos en los tres últimos años. La Gerencia de Eventos podrá designar un Asesor Jurídico que asistirá técnicamente al Presidente del Jurado en la aplicación del Reglamento.
ARTÍCULO 5. – Serán deberes del Presidente:
A- Ordenar y fiscalizar el trabajo del Jurado, así como realizar lo necesario para la unificación de criterios en el trabajo del mismo, previo al inicio del certamen.
B.- Hacer cumplir el reglamento del Concurso Oficial en todos sus términos.
C- Ser responsable de la comunicación del Jurado con los diferentes conjuntos así como con la prensa, dado que los demás integrantes del cuerpo se abstendrán de efectuar declaraciones durante la realización del Concurso.
D.- Disponer los procedimientos que aseguren el correcto funcionamiento del sistema utilizado y la realización de los escrutinios correspondientes.
E.- En caso de ausencia de alguno de los jurados titulares, habilitará al jurado que tomará su lugar. Toda otra situación no prevista, será regida por el Art. 45 del presente reglamento.
En caso de ausencia temporal del Presidente del Jurado, éste será sustituido por el Presidente alterno.
ARTÍCULO 6 Para la designación de los jurados deberán tenerse en cuenta sus antecedentes, tanto en lo que hace a conocimientos técnicos, como sobre las características de los espectáculos del Carnaval. Una vez designados los jurados, los directores de conjuntos dispondrán de hasta 5 días hábiles para recusar la nominación de algun/os de los miembros del jurado, con argumentos fundados y por escrito ante la Gerencia de Eventos de la Intendencia de Montevideo, la cual decidirá, rechazando o haciendo lugar a la recusación, con o sin audiencia de la persona recusada y en plazo perentorio de tres días hábiles.
ARTICULO 7- DEFINICIÓN DE LOS RUBROS
RUBRO No. 1- ARREGLOS CORALES – VOCES y MUSICALIDAD Este Jurado entenderá en todo lo que hace a la expresión musical de cada conjunto. Se tendrán en cuenta como elementos esenciales los caracteres que conforman este rubro, analizándolos no solamente dentro de los valores que encierran en sí mismos, sino también dentro de los parámetros que contiene y caracteriza cada propuesta. Para otorgar el puntaje en este rubro se deberá tener en cuenta:
En lo que respecta a voces: rendimiento, claridad y afinación del coro ejecutante, así como de las voces solistas, prevaleciendo conceptualmente el trabajo colectivo, por sobre las interpretaciones individuales.
En lo que refiere a arreglos corales: deberá primar la creatividad de los mismos, como así también la variedad de arreglos realizados por el coro.
En lo relativo a la musicalidad: se tendrá en cuenta todo el entorno musical que rodea al espectáculo conformado por la cantidad y la variedad de sus músicas, junto a los matices, ritmos y climas acordes con el espectáculo planteado.
Los conjuntos de las categorías Humoristas y Parodistas, podrán utilizar música en vivo o pistas grabadas, valorándose en cada caso el ajuste, la calidad y el aporte artístico que aporten al espectáculo. Sí en cambio se verá afectado, cuando en cualquiera de estas dos opciones surjan desajustes en su afinación o sincronización, que alteren sustancialmente la musicalidad del espectáculo.
Se deja expresa constancia que en el caso que los conjuntos utilicen pistas grabadas, no podrán incluir en ellas voces humanas o registros tales que simulen éstas, en beneficio de servir de apoyo o complemento a las voces o arreglos corales interpretados en vivo por el conjunto. Solo se podrán incluir voces humanas habladas, sin violar los requisitos antedichos, siempre y cuando no superen los treinta segundos en el total de la actuación. En el caso de la categoria Sociedad de Negros y Lubolos, el jurado tendrá en cuenta al calificar la musicalidad, la calidad técnica de la cuerda de tambores.
NOTA: Tanto para la categoría HUMORISTAS como PARODISTAS, el acompañamiento instrumental, TENDRÁ SU CALIFICACIÓN, ya sea grabado en pista o ejecutado en vivo por un conjunto instrumental.
Este rubro, en el que actuarán 2 jurados, calificará en TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías.
EN LA PRIMERA RUEDA la escala a aplicar por cada uno de los jurados, será la siguiente:
MURGAS: El puntaje será de hasta 11 en voces, 11 en arreglos corales y 8 en musicalidad.
REVISTAS: El puntaje será de hasta 5 en voces , 5 en arreglos corales y 10 en musicalidad.
LUBOLOS: El puntaje será de hasta 5 en arreglos corales , 5 en voces y 10 en musicalidad.
PARODISTAS: El puntaje será de hasta 6 en voces, 6 en arreglos corales y 6 en musicalidad.
HUMORISTAS: El puntaje será de hasta 5 en voces, 5 en arreglos corales y 3 en musicalidad.
RUBRO Nro. 2 – FUNDAMENTOS DE LA CATEGORÍA- Este Jurado evaluará la calidad artística en los aspectos fundamentales de cada categoría, así como la capacidad de cada conjunto para conseguir con sus espectáculos el mejor grado de comunicación y aprobación del público. A diferencia del anterior “Ajuste a la Categoría”, no sólo considerará la presencia de dichos elementos, sino la forma en que sean llevados a la práctica, premiando en su puntaje la creatividad, el ingenio y el matiz diferente que se logre dar a los espectáculos.
Nivel de parodias, efectividad en materia de comicidad de las humoradas, crítica y sátira en la murga, evolución de la Comparsa sin apartarse de su ancestralidad y espectáculo global revisteril (según corresponda) serán los aspectos que deberá priorizar al otorgar su puntaje. En materia de comunicación deberá considerar, junto a sus sensaciones personales, la respuesta del público, en lo que hace al logro por parte del conjunto de los climas que busca durante su actuación (risa, alegría, silencios, emotividad, mensaje, etc.), no tomándose en cuenta la “popularidad” del conjunto, reflejada en número de espectadores que lo apoyan incondicionalmente.
La cuota de humor y alegría será de importancia en la calificación final, en todas las categorías, considerando que es uno de los elementos característicos de nuestro Carnaval.
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías.
EN LA PRIMERA RUEDA la escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 20.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 20.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 20.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 14
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 24.
RUBRO Nro. 3- TEXTOS E INTERPRETACIÓN – Este Jurado considerará los valores literarios de todos los textos utilizados por los conjuntos, ajustándose a las definiciones y características de cada categoría, priorizando la sutileza, la picardía y el doble sentido por sobre lo grosero y lo soez, así como el espíritu Carnavalero que es esencia del mismo. En las categorías lubolos y revistas valorará especialmente la coherencia en el contenido de los textos, en parodistas la creatividad y el ingenio para llevar adelante las parodias que se plantean respetando la temática de la obra o hecho elegido. En el caso de los humoristas se priorizará el sentido cómico de los libretos y en murgas la cuota de crítica y sátira de la actualidad que es esencia de la categoría, así como el ingenio para plantear la misma apostando a la creatividad por encima del mensaje directo.
En todos los casos los textos se valorarán en la medida en que, sin perder calidad, reflejen con claridad su sentido, siendo así de mejor y más rápido recibo por parte del público. El recurso de apelar a tintes dramáticos o emotivos puede enriquecer el desarrollo del espectáculo, pero utilizado en exceso escapa a la esencia del Carnaval.
En lo que tiene que ver con la parte interpretariva, que “es la forma en que se traduce el texto en la parte visual, el trabajo grupal deberá ser valorado por encima de los rendimientos individuales. Estos deberán estar volcados al servicio del espectáculo y no convertirse en el centro de los mismos.
Este rubro, en el que actuarán 2 jurados, calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diferentes categorías.
EN LA PRIMERA RUEDA la escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 10 en interpretación.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 8 en textos y 8 en interpretación.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 12 en textos y 8 en interpretación.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 18 en interpretación.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 20 en textos y 20 en interpretación..
RUBRO No. 4- PUESTA EN ESCENA Y MOVIMIENTO ESCÉNICO- Este jurado calificará todo lo atinente a los planteos escénicos de los espectáculos presentados. Puesta en Escena se refiere a la coordinación de todos los elementos que intervienen en el espectáculo: luces, ambientación, movimiento escénico, contra escena, entre otros. El Movimiento Escénico, componente fundamental de la Puesta en Escena, comprende la dinámica y la utilización del espacio, así como las figuras que componen en la escena todos los intérpretes. Este jurado tendrá en cuenta el ingenio, la creatividad y la originalidad en la combinación de todos los elementos, el uso del espacio y los matices rítmicos de las escenas en la totalidad del espectáculo; así como el modo en que se traducen escénicamente las situaciones propuestas en el texto, manteniendo en sus juicios evaluatorios un criterio acorde con lo que son las características esenciales de un espectáculo de Carnaval. Esto no implica el desconocer la calidad artística que el aporte de técnicas de otros géneros puedan aportarle al espectáculo, pero siempre y cuando no afecten la informalidad alegre y contagiosa que genera el clima adecuado para mantener la esencia de Carnaval.
En la categoría murgas se considerará muy especialmente el característico movimiento que distingue al género y el trabajo de puesta en escena deberá apuntar a jerarquizarlo en la mayor parte del espectáculo.
En el caso de los Lubolos, se pondrá especial atención en la utilización de los símbolos (Estandartes, banderas, media luna y estrella).
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías.
EN LA PRIMERA RUEDA la escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 8 en puesta en escena y 8 en movimiento escénico.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 14 en puesta en escena y 6 en movimiento escénico.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 10 en puesta en escena y 10 en movimiento escénico.
RUBRO No. 5- COREOGRAFÍA Y BAILES- Este jurado calificará todo lo que tiene que ver con coreografía y baile dentro de los espectáculos, es decir, con la creación de las estructuras en las que suceden movimientos con un sentido y la ejecución de los mismos realizada por los intérpretes.
La coreografía está constituida por todos los momentos coreográficos del espectáculo. Para otorgar el puntaje se tendrá en cuenta: la originalidad y creatividad con que se traduce el mensaje deseado a través de un lenguaje corporal y espacial con códigos diferenciados, la relación e integración a la temática propuesta y el trabajo grupal. En las categorías en que este rubro es de valor esencial, se tendrá en cuenta el destaque de los solistas.
Baile corresponde al movimiento ejecutado en el espacio por los intérpretes. Aquí observamos el aspecto técnico y el expresivo con que los intérpretes realizan la propuesta coreográfica. La valoración al otorgar el puntaje será entonces en relación a cómo se baila, ya sea lo estrictamente pautado en movimientos codificados y dibujos espaciales precisos, en lo propuesto como expresión corporal o en secuencias de acciones descriptivas, humorísticas, etc. Se tendrá en cuenta a nivel técnico: la precisión, la prolijidad, la coordinación, el ritmo y la convicción gestual y espacial de los intérpretes, siempre tomando en cuenta la categoría en la que concursa el conjunto. En relación a la expresión a través del movimiento se valorará: la comprensión, la comunicación, la expresividad y la interrelación grupal.
En la categoría Lubolos será básico el respeto por la esencia del propio género candombero y se pondrá especial atención a la expresividad y al movimiento característico de los personajes típicos: gramillero, mama vieja y escobero.
Este jurado tendrá puntaje acotado en la categoría Humoristas, valorándose principalmente el histrionismo en el caso de la ejecución.
No otorgará puntaje en categoría Murgas.
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías.
EN LA PRIMERA RUEDA la escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: no califica.
REVISTAS: el puntaje será de hasta 22 en coreografía y 22 en bailes.
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 20 en coreografía y 20 en bailes.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 6 en coreografía y 6 en bailes.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 5 en coreografía y 5 en bailes.
RUBRO No 6 – VESTUARIO, MAQUILLAJE Y ESCENOGRAFIA- Para este Jurado será elemento fundamental al momento de calificar, la coherencia entre la temática que se desarrolla y los rubros que se consideran. En todos los casos se priorizará la creatividad y el ingenio, teniéndose en cuenta asimismo el carácter carnavalero que deben mostrar tanto los vestuarios, como el maquillaje y la escenografía. Los elementos de utilería que enriquezcan el planteo escénico serán considerados a la hora de otorgar el puntaje, así como la prolijidad y calidad de confección tanto en ropa como en escenografía.
En lo que refiere al maquillaje, en la categoría murgas se prestará especial atención al colorido, combinación con el vestuario y creación de personajes. Este último elemento también será considerado trascendente en las restantes categorías, cuando se trate de caracterizar a un determinado participante de la escena. En el caso de los Lubolos, se prestará especial atención al vestuario y elementos utilizados por el Gramillero, la Mama Vieja, el Escobero y la cuerda de tambores.
Este rubro calificará TRES RUEDAS INDEPENDIENTES en las diversas categorías.
EN LA PRIMERA RUEDA la escala a aplicar será la siguiente:
MURGAS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografía..
REVISTAS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 4 en maquillaje y 10 en escenografía..
LUBOLOS: el puntaje será de hasta 10 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografía.
PARODISTAS: el puntaje será de hasta 12 en vestuarios, 6 en maquillaje. No puntea en escenografía.
HUMORISTAS: el puntaje será de hasta 8 en vestuarios, 8 en escenografía. No puntea en maquillaje.
“VISION GLOBAL DEL ESPECTACULO” – Todos los jurados calificarán en “vision global del espectaculo”. Reflejarán en el puntaje su opinión sobre cada uno de los espectáculos, considerando la globalidad de los mismos, reflejada en una síntesis de todos los rubros volcada hacia el mejor logro final y teniendo en consideración el humor volcado en sus letras y/o actuación escénica. De lo antedicho surge claramente que no deberán dejarse influir por algún aspecto puntual de un espectáculo, sino calificar los méritos y los defectos que a su juicio existan en el mismo, sintetizándolos en su puntaje final.
EN LA PRIMERA RUEDA el puntaje a aplicar por cada uno de los jurados en este rubro será de hasta 8 puntos.
NOTA:
En la segunda rueda los puntajes a aplicar por los jurados en los diferentes rubros (incluida vision global del espectaculo), serán el doble de los establecidos para la primera rueda.
En la tercera rueda o liguilla los puntajes a aplicar por los jurados en los diferentes rubros (incluida vision global del espectaculo), serán el doble de los establecidos para la segunda rueda.
Ejemplo explicativo:
CAT. MURGAS RUBRO 1
VOCES ARR/CORALES MUSICALIDAD V/GLOBAL
1era. RUEDA Hasta 11 Hasta 11 Hasta 8 Hasta 8
2da. RUEDA Hasta 22 Hasta 22 Hasta 16 Hasta 16
3era. RUEDA O LIGUILLA HASTA 44 HASTA 44 HASTA 32 HASTA 32
ARTICULO 8 – ESCALAS DE PUNTAJE
La escala de puntaje que surja de la suma de las calificaciones otorgadas en las dos primeras ruedas y en las tres en el caso de aquellos conjuntos que clasifiquen a la Liguilla, deberá reflejar el orden de méritos que cada jurado halla estimado que tienen los diferentes espectáculos en el rubro que le ha tocado calificar. Las fallas puntuales que puedan haberse detectado en alguna de las actuaciones sólo deberán pesar en el puntaje, en la medida en que incidan decisivamente en el desarrollo del espectáculo en que se produjeron.
Bajo ningún concepto un jurado podrá desmerecer el puntaje de un conjunto por entender, a su criterio, que no ha cumplido con las exigencias de este Reglamento. En tal situación deberá realizar un planteo al Presidente y de ser el hecho constatado una falta, deberán aplicarse las sanciones previstas en el capítulo respectivo. El puntaje debe limitarse a reflejar la opinión sobre el espectáculo en el rubro que a cada uno corresponde calificar.
DEL CONTROL DE LOS REPERTORIOS
ARTÍCULO 9. – El Concurso Oficial al igual que todos los espectáculos Carnavalescos se regirán por las normas legales vigentes respecto de la libertad de expresión del pensamiento.
ARTÍCULO 10. – Los conjuntos tendrán tiempo de presentar su repertorio hasta 48 horas antes de la iniciación del Concurso Oficial.
Los conjuntos en cualquiera de sus actuaciones en el Concurso Oficial, podrán realizar dentro de sus espectáculos, las partes que entiendan convenientes de los libretos presentados, pero sin variar la estructura básica del espectáculo. Las “mechas” quedan fuera del régimen de presentación, siempre y cuando sean breves y apunten al enriquecimiento del espectáculo. Su realización en todo caso queda a entera responsabilidad del director del conjunto en lo que hace a cumplir con las normas legales generales y de este reglamento.
DEL CONCURSO OFICIAL
ARTÍCULO 11. – Previo al comienzo del Concurso Oficial a cada uno de los integrantes del Jurado les será asignada una clave de acceso al Sistema Informático desarrollado para brindar soporte a las actividades Carnavalescas. Esta clave de carácter secreto, personal e intransferible, podrá ser modificada en cualquier momento por el usuario al que fue asignada, quien mediante la misma otorgará, una vez finalizada la actuación de cada conjunto concursante, el puntaje que estime conveniente. Este puntaje deberá ser confirmado o ratificado por el Jurado, mediante el uso de su clave y el sistema emitirá la boleta correspondiente para ser depositada en la urna, con las garantías de custodia correspondientes.
La información quedará almacenada en una base de datos instalada en un servidor en la Iintendencia de Montevideo, garantizando la confidencialidad y acceso restringido a los datos, de acuerdo a las reglas de administración de usuarios definidas. Al término de la actuación de los conjuntos concursantes, el funcionario administrativo del Jurado entregará a cada integrante del cuerpo el sobre respectivo en el que constará el nombre del conjunto calificado, fecha de actuación, número de etapa y de rueda correspondientes e identificación del jurado calificador, que este firmará debidamente. Acto seguido los ocho sobres serán entregados al Presidente del Jurado el que los depositará dentro de otro de mayor tamaño, el que firmará conjuntamente con el Secretario Administrativo actuante, estableciéndose en la cubierta del mismo, los datos de identificación correspondientes. Dichos sobres serán guardados con total garantía en una urna especial habilitada al efecto. Las boletas de calificación sólo podrán ser extraídas de los sobres al finalizar el Concurso Oficial.
Al concluir cada etapa se entregará al representante de DAECPU un acta conteniendo la integración del jurado actuante en esa etapa, nómina de los conjuntos que participaron, horario de comienzo y finalización de cada una de las actuaciones y las sanciones y observaciones si las hubiere.
ARTÍCULO 12. – El Presidente del Jurado tendrá su clave personal, secreta e intransferible con la que:
a) Una vez aplicadas las sanciones que signifiquen descuentos de puntaje, deberá ingresarlas al sistema para que se haga efectivo el descuento en el puntaje total del conjunto, al término de cada rueda.
b) Emitir los listados correspondientes a los conjuntos que clasifiquen para la 2 da. Rueda y para la Liguilla.
ARTÍCULO 13. – Participarán de la Primera Rueda del Concurso Oficial hasta un máximo de 48 (cuarenta y ocho) conjuntos.
La Segunda Rueda quedará integrada con los 36 (treinta y seis) conjuntos – de cualquier categoría -, que hubieran obtenido los mejores puntajes otorgados por el jurado en la primera rueda. De existir empate en el último cupo, participaran de la Segunda Rueda los conjuntos que se encuentren en dicha situación.
La liguilla estará integrada por 24 (veinticuatro) conjuntos y pasarán a la misma aquellos que, sumados los puntajes de la Primera y Segunda Rueda, se encontrasen en las siguientes posiciones: los primeros 3 Humoristas, los primeros 4 Parodistas, las primeras 2 Revistas, los primeros 4 Lubolos y las 11 primeras Murgas.
De existir empate en el último lugar, accederan a la Liguilla todos los que se encuentren en dicha situación, de cada categoría.
ARTICULO 14.- Los conjuntos que clasifiquen para la Segunda y para la Tercera Rueda o Liguilla, se conocerán de un listado emitido por el sistema informático, autorizado por el Presidente del Jurado en instancia pública, de la que participará el delegado de DAECPU. Este listado será emitido en orden alfabético por el nombre de los conjuntos y, en ningún caso, se conocerán los puntajes con los que accedieron a dichas Ruedas, ni los puntajes de aquellos que no clasificaron para estas instancias.
En caso de empate de dos o mas conjuntos en el último puesto de la categoría habilitado para ingresar a las fases siguientes del Concurso, (Segunda y Tercera Rueda o Liguilla), los mismos tendrán derecho a ingresar a dichas instancias, según corresponda.
ARTÍCULO 15. – Los campos de especificación de puntaje serán obligatorios y en caso de no ajustarse lo digitado por un jurado a los guarismos máximos establecidos para ese rubro y en esa categoría, serán rechazados por el Sistema y no se emitirá boleta de votación, debiendo el jurado repetir el procedimiento hasta digitarlo de modo correcto.
ARTÍCULO 16. – A la finalización del Concurso Oficial, concluida la última etapa del mismo, el Jurado, conjuntamente con los funcionarios que la Gerencia de Eventos designe al efecto, tres representantes de D.A.E.C.P.U y un Escribano Municipal que labrará el acta respectiva se reunirán a efectos de emitir el fallo.
De inmediato el Presidente del Jurado asistido por los funcionarios administrativos actuantes, procederá a la apertura de las urnas que contengan los sobres de las 3 (tres) Ruedas, contará los mismos, clasificándolos por categoría y nombre del conjunto.
Acto seguido se procederá a la apertura de los sobres, de a uno por vez, contabilizándose de inmediato lo dictaminado por cada jurado, en planillas de clasificación que a tales efectos proporcionará la Gerencia de Eventos.
Las boletas de clasificación, fiscalizadas y contabilizadas, serán guardadas sin sufrir alteración de ninguna índole, a efectos de un eventual contralor posterior. El resultado final será el producto de la sumatoria de las tres ruedas. El fallo del Jurado será inapelable.
ARTÍCULO 17. – La escala de premios a adjudicarse en cada categoría, así como los montos porcentuales de cada una de ellas, serán fijados previamente por D.A.E.C.P.U .
Los conjuntos participantes del Concurso Oficial que no pasen a la Tercera Rueda o Liguilla, no tendrán derecho a las retribuciones económicas establecidas en el presente artículo. Los montos correspondientes a los premios que se declaren desiertos se distribuirán de la siguiente manera: un cincuenta por ciento dentro de la categoría correspondiente y el restante cincuenta por ciento entre las demás categorías.
ARTÍCULO 18. – En caso de empate en alguno de los premios en disputa, se sumará el importe del premio empatado o empatados y el posterior o posteriores, dividiéndose entre los conjuntos que igualen en puntaje. Los conjuntos participantes en la Liguilla, recibirán como compensación especial el cincuenta por ciento de la recaudación líquida de la misma.
ARTÍCULO 19. -El Jurado podrá otorgar Menciones Especiales para componentes o técnicos destacados en las distintas categorías, los que pueden ser individuales o colectivos. Dichas menciones no tendrán contenido económico y se señalarán mediante la entrega de objetos artísticos.
CAPÍTULO IV – DE LA ACTUACIÓN EN DESFILES Y ESCENARIOS
ARTÍCULO 20. – La Gerencia de Eventos de común acuerdo con D.A.E.C.P.U., podrá autorizar la integración de otras atracciones que se consideren de interés para mayor brillo del espectáculo.
ARTÍCULO 21. – No se permitirá la participación, en ninguna clase de presentación, de menores de edad que no posean el correspondiente permiso del Instituto del Niño y Adolescentes del Uruguay (I.N.A.U.).
ARTÍCULO 22. – En su presentación en los escenarios, los conjuntos deberán actuar en las condiciones que, a tales efectos, se indica en la reglamentación respectiva, de acuerdo a lo establecido en el Art. 30 del REGLAMENTO GENERAL DEL CARNAVAL.
ARTÍCULO 23. – Los integrantes inscriptos, cualquiera sea la categoría, deberán participar en el ochenta por ciento (80%), como mínimo, de las actuaciones del conjunto en los distintos escenarios, no permitiéndose, bajo ningún concepto, la inscripción de componentes para actuar única y exclusivamente en los espectáculos del Concurso Oficial.
Se establece, además que, en beneficio de la mayor brillantez de los espectáculos, se exonera de esta disposición a los conjuntos que revistan en la categoría Sociedad de Negros y Lubolos, en lo que tiene que ver con tamborileros, portabanderas y porta estandartes, pero de ninguna manera en cuanto a sus primeras figuras como ser: vedettes, cantantes, bailarinas y bailarines, escoberos, gramilleros o mamas viejas.
Únicamente se podrán autorizar modificaciones, en caso de enfermedad del componente titular de una agrupación u otras razones de fuerza mayor debidamente comprobadas.
En todos los casos el Director responsable deberá elevar una solicitud en tal sentido, presentando la documentación y/o certificados que acrediten la veracidad del hecho.
Cuando se trate de enfermedad, la Gerencia de Eventos podrá requerir que el Servicio Médico de la Intendencia constate si el componente que se solicita cambiar está o no en condiciones de actuar.
ARTÍCULO 24. – La transgresión a lo dispuesto será sancionado con multas que variarán de acuerdo a la gravedad de las inasistencias y que como mínimo será equivalente al 20 % (veinte por ciento) del premio que pudiera corresponder al infractor, pudiendo llegar al 50 % (cincuenta por ciento) del mismo. Las actuaciones se sustanciarán con denuncias a la Gerencia de Eventos, la que adoptará las medidas que estime oportunas, de acuerdo a las circunstancias, en forma fundada y previa vista al Director del conjunto.
DE LAS ACTUACIONES EN EL CONCURSO OFICIAL
ARTÍCULO 25. – Los conjuntos que participen del Concurso Oficial no podrán participar en otros concurso, dentro o fuera del departamento, hasta que se emita el fallo de éste certamen
ARTÍCULO 26. – El Concurso Oficial se realizará en el local que se determine oportunamente, cumpliéndose en tres etapas independientes:
PRIMERA RUEDA: Participarán un máximo de 48 (cuarenta y ocho) conjuntos y estará formada por: los conjuntos que lograron clasificar para la Liguilla en el Concurso Oficial realizado el año inmediato anterior y aquellos que hayan sido aprobados por el Jurado de Admisión en la prueba correspondiente al presente Carnaval.
SEGUNDA RUEDA: La Segunda Rueda quedará integrada con los 36 (treinta y seis) conjuntos – de cualquier categoría -, que hubieran obtenido los mejores puntajes otorgados por el jurado en la primera rueda. De existir empate en el último cupo, participaran de la Segunda Rueda los conjuntos que se encuentren en dicha situación. Los mismos se darán a conocerán mediante un listado emitido por el sistema informático, autorizado por el presidente del jurado, en instancia pública de la que participará el delegado de DAECPU. Este listado será emitido en orden alfabético por el nombre de los conjuntos y en ningún caso se conocerán sus puntajes.
TERCERA RUEDA O LIGUILLA: tomarán parte los conjuntos que, de acuerdo a lo dictaminado por el Jurado, cumplan con lo establecido en el Art. 13 de este reglamento. Cabe señalar que, en caso de registrarse empates en el último lugar habilitado para ingresar a esta instancia en los 24 cupos predeterminados, se regirá por lo dispuesto en el Art. 14 del presente reglamento. Si el empate se registrara en cualquier otra ubicación anterior a la última se mantendrán los cupos establecidos 11 para la categoría Murgas, 4 para la categoría de Lubolos, 4 para la categoría de Parodistas, 3 para la de Humoristas, 2 para la categoría de Revistas.
ARTÍCULO 27 – Las agrupaciones están obligadas a participar de los espectáculos del Concurso Oficial, toda vez que sean citadas por resolución del Jurado. De no hacerlo, quedarán automáticamente eliminadas del certamen.
ARTÍCULO 28 – De cada etapa del Concurso Oficial se hará un listado de la programación para conocimiento de los Directores Responsables de los conjuntos, sin perjuicio de que se les cite por parte de D.A.E.C.P.U, a cada uno en forma individual y por escrito, indicándose día y hora en que deberán estar presentes en el local en que se desarrolle la misma.
Esta convocatoria se realizará con no menos de veinticuatro horas de anticipación con relación a la fecha en que deban actuar.
En caso de llegada tarde con relación a la hora fijada en la citación, el Presidente del Jurado aplicará las penas previstas para tal causa en el capítulo correspondiente a sanciones. A efectos de acreditar la hora de llegada de los conjuntos con la totalidad de sus integrantes, al local donde se realice el Concurso Oficial, el Director Responsable de cada agrupación, deberá firmar el registro que a tal efecto se establezca, en presencia del funcionario administrativo que la Gerencia de Eventos designe a tal fin.
ARTÍCULO 29-. En caso de que el Concurso Oficial se lleve a cabo en el Teatro Municipal de Verano “Ramón Collazo”, la Intendencia de Montevideo y DAECPU suscribirán, por separado y de común acuerdo, un convenio en el que establecerán las condiciones correspondientes.
DE LAS SANCIONES
ARTÍCULO 30- Las agrupaciones pueden ser sancionadas por la Gerencia de Eventos o por el Jurado en lo que a cada uno de ellos compete.
Estas medidas se aplicarán a través de descuentos de puntajes, sanciones económicas o bien, mediante el retiro temporal o definitivo del permiso de salida, ya sea para actuaciones en los Desfiles Oficiales o en los espectáculos del Concurso Oficial.
Cuando se apliquen sanciones económicas, DAECPU deberá descontar los montos que correspondan en cada caso y lo destinará al fondo de Carnaval del próximo año.
ARTÍCULO 31- El Jurado podrá aplicar sanciones económicas, en forma fundada y en los siguientes casos:
a) Realizar propaganda comercial o político-partidaria, en cualquier forma. En cuanto a la propaganda comercial se exceptúa la emisión verbal del presentador sobre las firmas patrocinantes del espectáculo.
b) Efectuar la quema de fuegos de artificio no fríos dentro del recinto del Teatro de Verano, durante sus actuaciones en el Concurso Oficial. Si se pretendiera la quema de fuegos de artificio como parte del espectáculo, para ser utilizados fuera del recinto del Teatro, deberá anunciarse previamente y presentarse conjuntamente las autorizaciones del Cuerpo de Bomberos y el Servicio de Material y Armamento y toda otra autorización que pueda imponerse en el futuro.
c) Incluir en su reporte de artistas, a menores de edad, que no estuvieren debidamente autorizados de acuerdo a la legislación en la materia.
d) Utilizar símbolos patrios y/u oficiales.
e) Realizar alusiones o referencias agraviantes hacia símbolos patrios u oficiales.
f) Ingresar al recinto del Jurado durante el desarrollo del espectáculo respectivo.
g) Utilizar animales vivos que a juicio del Jurado pongan en peligro el desarrollo del espectáculo o la seguridad del público. El conjunto que pretenda tal utilización deberá consultarlo previamente pudiendo exigirse la consulta y la autorización por escrito.
h) Arrojar globos, pelotas y cualquier objeto desde el escenario hacia la platea, como parte del espectáculo.
La multa a aplicar al conjunto que incumpla con lo establecido en el presente artículo, será de hasta el cinco por ciento (5%) por cada infracción cometida, del premio que pudiera corresponderle a dicho conjunto.
ARTÍCULO 32- En caso de retraso en la hora de presentación, el Presidente del Jurado aplicará las sanciones económicas de acuerdo al siguiente régimen:
a) hasta un máximo de quince (15) minutos tarde con relación a la hora fijada en la citación, se aplicará una multa equivalente al cinco por ciento (5%) del premio que pudiera corresponder al infractor.
b) Entre quince (15) y treinta (30) minutos tarde con respecto a la hora fijada en la citación, se aplicará una multa equivalente al diez por ciento (10%) del premio que pudiera corresponder al infractor.
c) Más de treinta (30) minutos tarde con relación a la hora fijada en la citación, se dispondrá la eliminación automática del infractor, del Concurso Oficial.
Previo a la aplicación de la sanción se le otorgará vista al conjunto respectivo, el que deberá evacuarla en las veinticuatro horas siguientes y en la que podrá justificar el retraso verificado.
La decisión del Jurado será apelable ante la Gerencia de Eventos y se presentará dentro de las veinticuatro horas de emitida la decisión de aquel y decidida en las veintucuatro horas posteriores. Pasado dicho plazo se entenderá rechazada la impugnación.
ARTÍCULO 33- “Actuara a favor de la puntuación de los conjuntos la creatividad y originalidad a la hora de plantear escenas, diálogos, maquillaje, vestuario y coreografía. Por consiguiente actuará en contra de la puntuación de los conjuntos: la falta de originalidad, creatividad y/o la imitación o copia de escenas, diálogos, maquillaje, vestuario y coreografías, concebidas por otros autores.
En caso de incurrir en plagio (“Acción y efecto de plagiar” – plagiar “Copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como propias” – Según Diccionario de la Real Academia Española, en su 22ª edición) a textos registrados por autores nacionales o extranjeros y de acuerdo a la gravedad del mismo, el jurado por mayoría de sus integrantes (titulares, alternos y suplentes) sancionara al conjunto, con la perdida del 25% al 100% del total de puntos obtenidos en la rueda detectada independientemente del momento en que se constate. La aplicación de sanciones puede determinar la pérdida de la posición del conjunto sancionado. Esta circunstancia no dará lugar a reclamos ni corrimientos de posición de los restantes conjuntos.
Previo a la aplicación de la sanción se le otorgará vista al conjunto respectivo, el que deberá evacuarla en las veinticuatro horas siguientes.
La decisión del Jurado será apelable ante la División Turismo y se presentará dentro de las veinticuatro horas de emitida la decisión de aquel y decidida en las veinticuatro horas posteriores. Pasado dicho plazo se entenderá rechazada la impugnación.”
ARTÍCULO 34- El Jurado aplicará descuentos de puntaje en caso de constatar retrasos sin justificación fundada en el inicio de la actuación correspondiente. Todos los conjuntos de todas las categorías tendrán un tiempo máximo de 10 (diez) minutos para armar y/o desarmar su escenografía, dejando en el caso de desarmado, libre el escenario de elementos componentes de la misma. Su tiempo empezará a contabilizarse desde el momento en que el jurado de por finalizado la actuación del conjunto. Al finalizar el desarmado del conjunto anterior, comenzará inmediatamente a contabilizarse, el tiempo del armado de la escenografía del conjunto que actuará a continuación. El Presidente del Jurado podrá dictaminar si correspondiere penalización. En dicho caso se estampará por acta y se aplicará a razón de 5 (cinco) puntos por cada minuto o fracción luego de finalizado el tiempo máximo otorgado para el armado y/o desarmado de la escenografía. Toda transgresión a lo dispuesto en el presente artículo – en caso de presentar causa justificada el Director del conjunto – deberá ser considerada en el mismo momento por el presidente del jurado y su fallo, que no señalará precedente alguno, solamente será apelable ante el Gerente de Eventos de la Intendencia de Montevideo.
ARTICULO 35 – El jurado podrá sancionar entre 12 y 24 puntos si la infracción se cometiera en la Primera Rueda; entre 24 y 48 puntos si la infracción se cometiera en la Segunda Rueda y entre 48 y 96 puntos si la infracción se cometiera en la Tercera Rueda o Liguilla.
ARTÍCULO 36- El jurado aplicará el descuento de 24 puntos en la primera rueda, 48 puntos en la segunda rueda y 96 puntos en la liguilla, según corresponda al conjunto que:
a) incluya en sus actuaciones integrantes que no estuvieran debidamente registrados en las oportunidades reglamentarias
b) cuando un conjunto al realizar su presentación en el Concurso Oficial utilice más componentes que los permitidos en la categoría
c) no llegue al mínimo requerido por la misma, en cada actuación
ARTÍCULO 37- La Gerencia de Eventos podrá aplicar sanciones económicas, el retiro del permiso de salida del conjunto o de alguno de sus componentes hasta por un año o el descuento del 30% del puntaje total obtenido, cuando se profirieran injurias de hecho o de palabra contra algún miembro del Jurado o del cuerpo como tal durante el Concurso. Si la injuria al jurado, de hecho o de palabra ocurriese durante la entrega de premios y/o menciones, se sancionará con hasta un 50% del premio obtenido o con un descuento de hasta el 30% del puntaje que obtenga en la 1a. Rueda en su próxima intervención en el Concurso Oficial, dependiendo de la gravedad de los hechos.
La actuación se sustanciará de oficio en un plazo máximo de veinticuatro horas, previa vista al Director Responsable con plazo de 3 días (72 horas). Pasado dicho plazo, se entenderá rechazada la impugnación.
ARTÍCULO 38- El Jurado admitirá un (1) minuto de tolerancia sobre los tiempos máximos de cada conjunto según su categoría, a efectos de permitir el descenso del conjunto. El referido minuto será señalado por el reloj instalado en el escenario y a su finalización, el conjunto deberá estar fuera del escenario. Luego se comenzará a aplicar descuentos de puntaje en caso de que se violen los tiempos de actuación adjudicados a cada categoría. La constatación fehaciente de parte del Presidente del Jurado se estampará por acta y se aplicará a razón de 3 puntos por cada minuto o fracción en más o en menos en la primera rueda, 5 puntos por cada minuto o fracción en más o en menos, en la segunda rueda y 10 puntos por cada minuto o fracción en más o en menos, en la tercera rueda o liguilla.
ARTÍCULO 39- Los tiempos de actuación serán controlados por el Presidente del Jurado y serán computados desde el momento en que el presentador culmine de anunciar al participante.
ARTÍCULO 40- En la Categoría Murga, aquellos conjuntos que se excedan del límite marcado por este Reglamento para el uso de instrumentos musicales serán sancionados con un descuento de 2 (dos) puntos en la Primera Rueda, 4 (cuatro) puntos en la Segunda Rueda y 8 (ocho) puntos en la Tercera Rueda o Liguilla por cada minuto o fracción, según corresponda.
En la Categoría Sociedad de Negros y Lubolos, la falta de alguno de los elementos y/o personajes que exige el presente Reglamento podrá ser sancionada con un descuento de 6 (seis) puntos en la Primera Rueda, 12 (doce) puntos en la Segunda Rueda y 24 (veinticuatro) puntos en la Tercera Rueda o Liguilla, según corresponda.
ARTÍCULO 41- En los casos en que apliquen sanciones que signifiquen descuentos en los puntajes adjudicados a las agrupaciones por sus actuaciones en los espectáculos del Concurso Oficial, se deberá dejar constancia de ellos en el Acta correspondiente, y serán inapelables. En todos los casos la aplicación de las sanciones será fundada.
ARTÍCULO 42- DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LAS CATEGORÍAS
SOCIEDAD DE NEGROS Y LUBOLOS- Las Sociedades de Negros y Lubolos son herederas de una tradición arraigada profundamente en las Salas de Nación de la época colonial, en la familia afrouruguaya y en las Asociaciones de Negros y Lubolos del SXX.
Los africanos traídos forzosamente a estas tierras, lograron transmitir herencias y valores de sus variadas y ricas culturas y en ese proceso crearon el único instrumento musical nacido en estas tierras: el Tambor.
Este nuevo instrumento genera ritmos, músicas y danzas. Toma algo de cada cultura africana que viajó a estas tierras, va nutriéndose de los hijos de africanos nacidos acá y nace el Candombe.
El tambor y el candombe en consecuencia son intransferiblemente afrouruguayos.
Los Lubolos, por lo tanto deben contribuir a la preservación de los valores culturales más entrañables de la tradición del Candombe.
Cada propuesta podrá optar por la recreación de los orígenes africanos y/o su ancestralidad, en lo autóctono.
También se podrá recrear aspectos de la colonia u otros históricos. La propuesta podrá basarse en la actualidad, o podrá ser basada en un argumento que transcurrirá en el tiempo. Podrá ser una fantasía que se nutra del Candombe.
En todos los casos deberá ser tenida en cuenta la propuesta más candombera, al mismo tiempo que la calidad en los rubros que correspondan.
Todo esto debidamente inserto en la línea argumental de la propuesta.
El argumento será original y las letras y las músicas inéditas.
Tendrá un principio, desarrollo y fin, claros y definidos, poniendo énfasis en la comprensión del público, sin caer en facilismos.
La musicalidad en la Comparsa abarca desde lo rítmico, hasta lo coral, pasando por la orquesta.
Los tambores podrán utilizar tensores, pero queda expresamente prohibida la utilización de parches de nylon o similares.
Se podrá incorporar todos los instrumentos de percusión que la propuesta musical requiera. Al mismo tiempo, el conjunto musical podrá estar integrado con un máximo de cinco músicos, que podrán ejecutar cinco o más instrumentos.
Las propuestas musicales deberán tener en cuenta la forma de cantar de los coros de comparsa. Con canto solista y respuesta del coro.
La orquesta tendrá que basar su musicalidad con énfasis en lo afrouruguayo y no en las formas de sonar caribeñas u otras. Esto no quita que se puedan realizar arreglos con diferentes influencias o fusiones que enriquezcan la propuesta, pero que no distorsionen el candombe.
Los Gramilleros, Mama Viejas y Escoberos, son los personajes más importantes y tradicionales del Candombe, por ser los que mas cerca de la ancestralidad se encuentran, por lo que su presentación deberá ser calificada de acuerdo a esta importancia.
La manera en que el Gramillero y la Mama Vieja se relacionan en la escena deberá ser vista más desde la perspectiva de la ancestralidad que desde la jocosidad, sin que se pierda la gracia y la alegría en el baile. Precisamente esta combinación es que hace a estos personajes lo que son.
El Escobero, es un buen bailarín de candombe, un buen candombero. Todo lo que haga es al compás del tambor.
El Escobero deberá ser más “personaje” que acróbata, se deberá juzgarse la calidad al bailar, la composición del personaje y la habilidad con la escoba.
Se prohíbe expresamente que el Escobero utilice más de una escoba.
La vestimenta, coreografía, escenografía, maquillaje etc. deben contribuir con brillo, creatividad y calidad aportando a la vez a la esencia conceptual de la categoría.
Los espectáculos de la categoría deben presentar, como mínimo, doce tamborileros, cinco bailarinas, una vedette, un escobero, un gramillero, una mama vieja, dos portabanderas, un portaestandarte, una estrellas y una medialuna. Deberán integrarse al conjunto, como mínimo, un bailarín como figura principal masculina, pudiendo, además, los miembros masculinos del conjunto, danzar acompañando los cuadros que se representen, debiendo lucir todos los trajes clásicos, con la evolución propia y natural de la categoría.
El estandarte debe ser el elemento de mayor identificación del conjunto. Por lo que, de acuerdo a la tradición, deberá abrir el camino del descenso de la Comparsa del escenario, por lo menos y tener inscripto el nombre de la misma. Los portaestandarte, porta banderas y símbolos, deben transmitir la alegría del conjunto y el orgullo de llevar los colores y símbolos de su Comparsa.
Se constituirán con un mínimo de cuarenta y cinco componentes y un máximo de sesenta, aceptándose la inscripción de quince suplentes y sus actuaciones en el Concurso Oficial tendrán una duración mínima de cincuenta minutos y una máxima de sesenta minutos.
CATEGORÍA REVISTAS.- La categoría Revistas debe constituir una expresión artística integral de libre creación, conceptualmente imaginativa, tendiente a la diversión. Sin perjuicio de su característica de libre creación, se entiende que una Revista prioriza la alegría, su música y su baile, como así también el destaque de la figura femenina. Además del conjunto instrumental en el escenario, podrán utilizarse músicas grabadas, siempre que éstas contribuyan a enriquecer la ejecución en vivo. En caso de no presentar orquesta en vivo, podrá ameritar sanción hasta la perdida del 50 % de acuerdo a la gravedad de la falta y lo que entienda pertinente el jurado.
Armonizará coreografías, vestimenta, bailes, música, orquestaciones, canciones y parlamentos con marcada alegría, en una sucesión de cuadros enlazados que eviten la interrupción del espectáculo, dotándolo de continuidad y dinamismo. Estos cuadros alternarán lo artístico con lo divertido dentro de un clima alegre y colorido, así como una fina técnica revisteril.
Las letras serán inéditas. Las melodías musicales podrán ser inéditas. El cuerpo de baile estará integrado por bailarines de ambos sexos y no será obligatorio el cambio de vestuario para los integrantes de los coros.
Los conjuntos deberán contar con un mínimo de dieciocho integrantes y un máximo de veintiocho y su actuación en los espectáculos del Concurso Oficial tendrán una duración mínima de cincuenta minutos y una máxima de sesenta minutos.
CATEGORÍA HUMORISTAS.- Esta categoría se basará en la libre comicidad de escenas, situaciones o personajes no pudiendo basarse en argumentos de una obra literaria, hecho o suceso real. Podrá utilizarse una creación jocosa única o plantearse varios cuados con pequeños intervalos muy ágiles, enmarcados siempre en una faz cómica.
Los conjuntos que concursen en esta categoría deberán ajustarse también a los siguientes aspectos reglamentarios: el tiempo de actuación se establece entre un mínimo de cincuenta y un máximo de sesenta minutos. Los conjuntos estarán integrados con un mínimo de doce y un máximo de diecisiete componentes, pudiendo registrar un número ilimitado de suplentes. El acompañamiento musical podrá ser orquestal o con pistas secuenciadas, siempre que éstas contribuyan al enriquecimiento del espectáculo.
Las ocurrencias o mechas improvisadas que surjan de la escena serán bien vistas por el jurado, pero las mismas no tendrán especial incidencia en su calificación.
CATEGORÍA PARODISTAS.- Esta categoría deberá parodiar el argumento de obras, historias de hechos y/o personas de público y notorio conocimiento, en una imitación generalmente burlesca, realizada en tono jocoso, pudiendo, en determinados pasajes del espectáculo, tener matices dramáticos, según la propuesta de cada conjunto.
Se valorará la coherencia argumental en las parodias, abiertas a las expresiones humorísticas e irónicas, pero sin olvidar ni traicionar el fondo y el contenido de cada historia elegida.
Las ocurrencias o mechas improvisadas que surjan de la escena serán bien vistas por el jurado, pero las mismas no tendrán especial incidencia en su calificación.
Para desarrollar su espectáculo cada conjunto de parodistas deberá: cantar, realizar bailes y coreografías, usar vestuario, utilizar maquillaje, hacer una o varias parodias dentro del mismo. El acompañamiento musical podrá ser orquestal o con pistas secuenciadas, siempre que éstas contribuyan al enriquecimiento del espectáculo.
Los cuadros de presentación y despedida serán optativos de cada conjunto y, en caso de realizarse, podrán ser o no parodias. En ambos casos se valorará la originalidad y el cuidado estético de los mismos, destacando también los valores poéticos que ofrezcan sus canciones.
Los conjuntos deberán contar con un mínimo de quince y un máximo de veinte integrantes y sus actuaciones en el Concurso Oficial tendrán una duración mínima de sesenta minutos y una máxima de setenta minutos.
CATEGORÍA MURGAS- La Murga es la más elocuente expresión del folclore uruguayo. Ésta tiene como característica esencial criticar, satirizar y divertir, con un lenguaje popular y con un coro que, además o por encima de sus atributos técnicos sea claramente entendible para el espectador. El coro deberá tener un rendimiento grupal que este por encima de los rendimientos individuales, claridad y afinación.
En cuanto a lo musical podrán utilizarse todo tipo de instrumento de percusión que den respaldo rítmico a los tradicionales bombo, platillo y redoblante. La guitarra podrá utilizarse un máximo de 15 minutos a lo largo del espectáculo y otros instrumentos (cuerdas, vientos, teclados, etc.) tendrán un tope de utilización de diez minutos.
La Murga tendrá un mínimo de catorce componentes y un máximo de 17 y sus actuaciones tendrán un mínimo de duración de treinta y cinco minutos y un máximo de cuarenta y cinco minutos
La Murga podrá entrar en pleno en escena, siendo muy importante el papel del Director que encabezará la movilidad contribuyendo al contagio de sus compañeros. La escenografía será optativa estableciéndose que no calificará en el Concurso Oficial.
En los arreglos corales deberá primar la creatividad, como también la variedad de los mismos, teniendo en consideración a aquellas murgas que demuestren preocupación por la variabilidad y al cambio coherente en sus músicas. En lo relativo a la musicalidad, se tendrá en cuenta todo el entorno musical del espectáculo, conformado por la variedad de sus músicas, ritmos y climas acordes con la temática que se desarrolla.
La comicidad tendrá una mayor relevancia en la medida que sea realizada a través de los temas cantados, privilegiándose por sobre los monólogos o diálogos. La comunicación deberá considerar la respuesta del público en lo que hace exclusivamente al logro por parte del conjunto de los climas que busca durante su actuación, en lo que tiene relación con la risa, la alegría, los silencios, la emotividad, el mensaje, etc. No se tomará en cuenta lo que puede influir la popularidad del conjunto entre los espectadores que lo apoyan.
En los textos se consideran los valores literarios de los mismos utilizados por los conjuntos, priorizando la sutileza, la picardía y el doble sentido, por sobre lo grosero y lo soez, así como el espíritu Carnavalero.
La crítica de actualidad, la sátira, lo irónico y lo poético, así como el ingenio, apostando a la creatividad por encima del mensaje directo, se valorizarán en la medida en que, sin perder calidad, reflejen con claridad su sentido. Estos serán puntos esenciales en esta categoría, que por naturaleza deberá ser la mayor exponente del cotidiano vivir de los uruguayos. Por tal motivo, sus textos deberán abordar – en alguna medida – nuestra propia realidad, nuestra idiosincrasia y los hechos acaecidos durante el año como reflejo fiel de nuestra identidad inmediata.
El recurso de apelar a tintes dramáticos o emotivos, puede enriquecer el desarrollo del espectáculo, siempre que no sea utilizado en exceso, pues de ese modo escaparía a la esencia del Carnaval.
En lo que respecta a la interpretación, el trabajo grupal deberá ser valorado por encima de los rendimientos individuales. Estos deberán estar volcados al servicio del espectáculo.
En el planteo escénico será esencial la utilización del característico movimiento murguero, debiéndose apuntar en la puesta en escena, a darle mayor brillo y lucimiento a ese movimiento característico, que es la esencia de la categoría. La puesta en escena, deberá estar al servicio de cada propuesta, valorando la originalidad visual de sus movimientos y su planteo.
En vestuario y maquillaje se priorizará la creatividad y el ingenio, teniéndose en cuenta el carácter Carnavalero del espectáculo. En el maquillaje, al igual que en el vestuario, se prestará especial atención al colorido y combinación entre ambos y la creación de personajes.
Las ocurrencias o “mechas” improvisadas que surjan de la escena serán bien vistas por el jurado, aunque las mismas no tendrán especial incidencia en la calificación del conjunto.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 43- Se deja expresa constancia que los temas que participen y eventualmente sean premiados y difundidos en el marco del Concurso “Víctor Soliño” que organiza AGADU serán considerados inéditos y podrán integrar los repertorios de los conjuntos de todas las categorías.
ARTÍCULO 44- La sola participación en el Concurso Oficial implica la aceptación del presente reglamento y demás normas aplicables.
ARTÍCULO 45 – Todos los casos y situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas por la Gerencia de Eventos y el Departamento de Cultura de la Intendencia de Montevideo, en acuerdo con D.A.E.C.P.U.
Montevideo, diciembre de 2010.-
Fuente: ACSUN, IMM.
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