domingo, 17 de junio de 2012

Al fin la justicia en Uruguay no le da tregua a la discriminaciòn!!!!!!!


Justicia procesó a dueño de boliche por expulsión de un  activista por los derechos de la comunidad LGTB en Uruguay.



Solicitando reformas a la Ley Antidiscriminación el colectivo “Ovejas Negras” se congratuló ante el procesamiento sin prisión del dueño del boliche Tres Perros, que expulsó del lugar a un homosexual por “actos de desprecio y discriminación”, según el legajo.


La jueza Gabriela Meriado, en un procesamiento sin antecedentes en la jurisprudencia nacional, procesó al propietario del lugar que había expulsado del mismo a Fernando Frontán, conocido activista por los derechos de las minorías sexuales.

Los acontecimientos se desarrollaron una noche del año pasado, cuando Frontán lucía una caravana en su oreja que no gustó a los dueños del local; le indicaron que, o se sacaba la caravana, o ser retiraba.Frontán se retiró y procedió a hacer la denuncia por considerarse indiscriminado.

Tuvo que pasar otra vez, para que tomaran cartas en el asunto la justicia.
El boliche había sido acusado el año pasado por discriminación contra un afrodescendiente, pero el juicio no tuvo andamiento.
El derecho de admisión es la herramienta invisible de la exclusión y discriminaciòn que pretende alejar del derecho al ocio y la recreaciòn de los afrodescendientes, minorias sexuales e indigenas

“Política de la casa”

Durante el incidente y en el primer momento, Frontán preguntó a qué se debía la exigencia –ya que había mujeres con caravanas en el lugar- y le dijeron que era  por “política de la casa”.
Ante la denuncia, el dueño del bar sostuvo que era para evitar “problemas dentro de local” y que no se produjeran “lesiones a los clientes”. Los argumento no fueron aceptados por la jueza, en el entendido que había otros hombres y mujeres con caravanas en el lugar y el único compelido a retirarse fue Frontán.
“Emerge que el uso de la caravana por la víctima fue una simple excusa para hacerlo abandonar el local comercial, siendo que el verdadero motivo fue ejercer sobre su persona actos de discriminación por la orientación sexual”, dice la sentencia que publica el semanario Búsqueda.
La ley antidiscriminación establece penas de seis a 24 meses de prisión por violencia “odio o desprecio contra una o más personas en razón del color de su piel, raza, religión origen nacional, étnico, orientación sexual o identidad sexual”.

Fuente:ACSUN, Lic. Javier Dìaz, La Republica

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