La Ley Áurea del 13 de mayo de 1888 fue la ley por la cual se abolió la esclavitud en Brasil.
Esta ley fue instaurada mediante un decreto por la hija del emperador Pedro II de Brasil, la princesa imperial Isabel I de Braganza (1846-1921), tras una aprobación de ésta en el Senado del Imperio de Brasil.
¿Por que lleva el nombre de Áurea ?
Lleva el nombre de áurea (‘dorada’,‘hecha de oro’ en latín) porque la princesa eligió la fecha del aniversario de su bisabuelo Juan VI de Portugal (13 de mayo), siendo que la princesa Isabel se encargó de la promulgación y aprobación de la ley debido a estar ejerciendo la regencia durante la ausencia por viaje de su padre, el emperador Pedro II.
Oposición entre los terratenientes y los abolicionista por la libertad de vientres en Brasil
La Ley Áurea fue precedida por la Lei do Ventre Livre (Ley de Libertad de Vientres) del 28 de septiembre de 1871, que liberó a todos los hijos de africanos esclavizados nacidos en Brasil, fue desde su proclamación el 13 de mayo de 1888 el fin de la explotación de la mano de obra esclava en Brasil, siendo que el ambiente político del Imperio del Brasil ya estaba inclinado fuertemente en favor de la abolición de la esclavitud por parte de las élites intelectuales y comerciales (asentadas en los grandes centros urbanos), aunque aún afrontaba la oposición de los terratenientes del medio agrario, que apoyaban una abolición de la esclavitud solo con el pago de las respectivas indemnizaciones por parte del gobierno imperial.
La presión internacional ayudo a esta toma de decisión a medias
Las presiones internacionales también eran visibles, en tanto Brasil era el único país de América que aún permitía legalmente la posesión de africanos esclavizados, mientras que Gran Bretaña y Francia usaban activa influencia para que el gobierno brasileño prohibiera definitivamente la esclavitud.
El aumento del comercio mundial y la revolución industrial asceleraron un cambio en la matriz de producción y generaron que se abandone el sistema esclavista, no por convicción ideologica, sino por conveniencia económica
Tras la declaración de la independencia en 1822 y la constitución del Imperio de Brasil, se intensificaron los lazos con Gran Bretaña, que fue una de las primeras naciones en reconocer su independencia. Gran Bretaña, que había sido una gran comerciante de propiedad humana, comenzaba a tener –entrado el siglo XIX– intereses políticos y económicos en poner fin a la trata de esclavos (entre otros motivos, con el desarrollo de la revolución industrial aumentó la necesidad de nuevos mercados donde colocar sus mercancías).
Estas presiones (calificadas como “colmadas de hipocresía” por Francia y otras naciones), se sumaron a los incipientes movimientos abolicionistas, de carácter mayormente urbano que florecieron en las primeras décadas del siglo XIX y a la influencia entre los esclavos, de la Revolución Haitiana.
La oligarquía propietaria, aumentó el número de esclavos que entraron a Brasil en los años previos a 1831, año en que se declaró ilegal este comercio. Así, entre 1800 y 1850 entraron un millón de personas en condición de esclavitud, 700.000 lo hicieron entre 1830 y 1850.
La atmósfera de mediados del siglo XIX pareció estar condicionada por las presiones británicas, la creciente influencia de las ideas liberales con ascendente en los movimientos abolicionistas y las revueltas, insurrecciones organizadas, crímenes de amos, etc., protagonizadas por los esclavos, que para la década de 1870 propiciaron las condiciones para el establecimiento de la Ley del Vientre Libre (1871) y más adelante en 1885, la ley que libertaba a los sexagenarios.
El texto de la Ley Áurea era sucinto y breve:
La Princesa Regente Imperial, en nombre de Su Majestad el Emperador, D. Pedro II, informa a todos los súbditos del Imperio que la Asamblea General decretó y sancionó la siguiente ley:
Art. 1: La esclavitud en Brasil ha sido declarada extinta desde la fecha de esta ley.
Art. 2: Se derogan las disposiciones en contrario.
Por lo tanto, ordena a todas las autoridades, a quienes corresponde el conocimiento y ejecución de la citada Ley, que la cumplan, y velen por su cumplimiento y conservación en la totalidad de su contenido.
El Secretario de Estado de Agricultura, Comercio y Obras Públicas y en funciones de Relaciones Exteriores, Licenciado Rodrigo Augusto da Silva, del Consejo de Su Majestad el Emperador, lo hace imprimir, editar y publicar.
Dado en el Palacio de Río de Janeiro, el día 13 de mayo de 1888, aniversario 67 de la Independencia y del Imperio.
Princesa Imperial Regente.
Rodrigo Augusto da Silva
Carta de ley, por la cual Su Alteza Imperial ordena la ejecución del Decreto de la Asamblea General, que correspondía sancionar, declarando extinta la esclavitud en el Brasil, según consta en ella.
Para que lo vea Su Alteza Imperial.
Cancillería Principal del Imperio.- Antonio Ferreira Vianna.
Transitó el 13 de mayo de 1888.- José Júlio de Albuquerque
La brevedad de la norma exigía entonces una abolición inmediata e incondicional de la esclavitud, sin prever indemnización alguna, y sin establecer medidas prácticas para asimilar a los exesclavos a la sociedad brasileña, aspecto que solo fue materia de meditación años después.
No obstante, por la Ley Áurea el papa León XIII premió a la princesa Isabel con la Rosa de Oro.
Luego de firmada la liberación esclavista, su alteza abrigó esclavos en su residencia y en más de una oportunidad se la vio portando camelias (flor símbolo del movimiento abolicionista).
La oligarquía propietaria, aumentó el número de esclavos que entraron a Brasil en los años previos a 1831, año en que se declaró ilegal este comercio. Así, entre 1800 y 1850 entraron un millón de personas en condición de esclavitud, 700.000 lo hicieron entre 1830 y 1850.
La atmósfera de mediados del siglo XIX pareció estar condicionada por las presiones británicas, la creciente influencia de las ideas liberales con ascendente en los movimientos abolicionistas y las revueltas, insurrecciones organizadas, crímenes de amos, etc., protagonizadas por los esclavos, que para la década de 1870 propiciaron las condiciones para el establecimiento de la Ley del Vientre Libre (1871) y más adelante en 1885, la ley que libertaba a los sexagenarios.
El texto de la Ley Áurea era sucinto y breve:
La Princesa Regente Imperial, en nombre de Su Majestad el Emperador, D. Pedro II, informa a todos los súbditos del Imperio que la Asamblea General decretó y sancionó la siguiente ley:
Art. 1: La esclavitud en Brasil ha sido declarada extinta desde la fecha de esta ley.
Art. 2: Se derogan las disposiciones en contrario.
Por lo tanto, ordena a todas las autoridades, a quienes corresponde el conocimiento y ejecución de la citada Ley, que la cumplan, y velen por su cumplimiento y conservación en la totalidad de su contenido.
El Secretario de Estado de Agricultura, Comercio y Obras Públicas y en funciones de Relaciones Exteriores, Licenciado Rodrigo Augusto da Silva, del Consejo de Su Majestad el Emperador, lo hace imprimir, editar y publicar.
Dado en el Palacio de Río de Janeiro, el día 13 de mayo de 1888, aniversario 67 de la Independencia y del Imperio.
Princesa Imperial Regente.
Rodrigo Augusto da Silva
Carta de ley, por la cual Su Alteza Imperial ordena la ejecución del Decreto de la Asamblea General, que correspondía sancionar, declarando extinta la esclavitud en el Brasil, según consta en ella.
Para que lo vea Su Alteza Imperial.
Cancillería Principal del Imperio.- Antonio Ferreira Vianna.
Transitó el 13 de mayo de 1888.- José Júlio de Albuquerque
La brevedad de la norma exigía entonces una abolición inmediata e incondicional de la esclavitud, sin prever indemnización alguna, y sin establecer medidas prácticas para asimilar a los exesclavos a la sociedad brasileña, aspecto que solo fue materia de meditación años después.
No obstante, por la Ley Áurea el papa León XIII premió a la princesa Isabel con la Rosa de Oro.
Luego de firmada la liberación esclavista, su alteza abrigó esclavos en su residencia y en más de una oportunidad se la vio portando camelias (flor símbolo del movimiento abolicionista).
Cuando fue abolida la esclavitud en los principales puertos negreros de Amèrica
Chile. (Valparaiso)
Este proceso, en su dimensión legal, se enmarcó entre la "Ley de Libertad de Vientre de 1811" y la "Constitución Política de 1823", pasando por la aprobación de la "Ley de Abolición de la Esclavitud", por el Congreso Nacional del 25 de junio de 1823, el "decreto de Freire-Egaña, del 24 de julio" y del decreto del gobierno del 28 del mismo mes, que limitó el alcance práctico de la ley del 24 de julio.
Uruguay (Montevideo)
El 16 de junio de 1837, durante el gobierno de Manuel Oribe, se promulgó la ley que declaraba libre a los negros que hasta ese momento servían como esclavos.
. En 1843 el ejercito (blanco) oribista con el apoyo del gobernador de Buenos Aires Juan Manuel de Rosas pone sitio a Montevideo, instalando su gobierno en el Cerrito. Frente a la situación el gobierno (colorado) de Montevideo, se había fortalecido militarmente, promulgando la primera ley abolicionista el 12 de diciembre 1842.
. El 26 de octubre de 1846, el gobierno de Oribe, promueve otra ley abolicionista
Colombia (Cartagena)
a Ley del 21 de Mayo del año de 1851, sancionada por el presidente José Hilario López, declarando libres a todos los esclavos que existieran en el territorio de la República
Cuba
Cuba fue el mayor receptor de africanos esclavizados hasta 1886 en que el Real Decreto del 7 de Octubre abolió la esclavitud en Cuba aunque el inicio de la primera guerra cubana de Independencia en 1868 supuso la paralización definitiva del comercio clandestino de esclavos
. El Congreso de Colombia dictó la ley de 21 de mayo de 1851, por medio de la cual los africanos esclavizados quedarían libres a partir del 1° de enero de 1852 y los amos serían indemnizados con bonos
Panama (Porto Belo)
La esclavitud es abolida en Panamá mediante la ley del 21 de mayo de 1851. Departamento del Istmo, como parte de la Gran Colombia y uno de los preceptos de la independencia de la monarquía, fue justamente la abolición de la esclavitud.
Perú (Callao)
El 3 de diciembre de 1854 es abolida la esclavitud en el Perú por el presidente Ramón Castilla. Aunque durante la independencia, San Martín decreta la libertad de vientres, lo que quería decir que nadie nacía esclavo en el Perú; es hasta 31 años después que quedó abolida la esclavitud en Perú. Ramón Castilla, militar y presidente del Perú, decretó la libertad para los esclavos negros, el 3 de diciembre de 1854, en Huancayo, durante un periodo de gobierno provisional durante la época de guerra civil que libraba contra José Rufino Echenique.
Fuente: ACSUN
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