Concurso para hacer una escultura de la "Madre de la Patria" by sharonjav on Scribd
María Remedios del Valle, también conocida como una de las "niñas de Ayohuma", fue una afrodescendiente nacida en Buenos Aires en 1766 que formó parte del Ejército liderado por Belgrano: ofició de cocinera, enfermera, ayudante y militar.
En la derrota de la Batalla de Ayohuma "la parda María", como se la menciona en algunos escritos militares, fue tomada prisionera y condenada a ser azotada públicamente durante nueve días: sin embargo, pudo escapar y regresar a las filas del Ejército del creador de la Bandera.
La afrodescendiente recibió seis heridas graves de bala, que le sirvieron como prueba ante las autoridades para reclamar su grado de sargenta mayor: murió el 8 de noviembre de 1847.
En abril de 2013, el Congreso sancionó la Ley 26.852, que estableció que cada 8 de noviembre se conmemore el Día Nacional de los afrodescendientes y de la cultura afro.MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL
Resolución 452/2020
RESOL-2020-452-APN-SPC#MC
Ciudad de Buenos Aires, 11/11/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-72504315- -APN-DGD#MC, el Decreto Nº 50 del 20 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 1428 del 7 de agosto de 2020 y la Resolución Nº 1074 del 27 de agosto de 2020 del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 1º de la resolución citada en el Visto, en el marco del “Día Nacional de los/las afroargentinos/as y de la cultura afro” instituido por el artículo 1º de la Ley Nº 26.852, en conmemoración de María Remedios Del Valle, se aprobó la realización de distintos concursos, entre ellos el denominado: “Escultura María Remedios del Valle”, que se deberá desarrollar en el ámbito de esta Secretaría.
Que, dicho concurso consistirá en la presentación de proyectos de obras escultóricas representativas de la figura de María Remedios del Valle, premiándose a aquella pieza que constituya la mejor recreación de dicha personalidad histórica.
Que, por los artículos 3º y 4º de la Resolución M.C. Nº 1074/20 se estableció que la SECRETARIA DE GESTIÓN CULTURAL, la SECRETARÍA DE PATRIMONIO CULTURAL y la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL del MINISTERIO DE CULTURA, serán la autoridad de aplicación e interpretación de las bases y condiciones de cada concurso a su cargo y que por tal se encuentran facultadas para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la citada Cartera, y que el gasto que demande el cumplimiento de aquella medida se atenderá con cargo a las partidas específicas correspondientes al presente ejercicio asignado a esta Jurisdicción.
Que, por esta razón, resulta procedente aprobar las bases y condiciones del concurso: “Escultura María Remedios del Valle”, las cuales corren agregadas como Anexo I (IF-2020-72672764-APN-SPC#MC) y forman parte integrante del presente acto.
Que, la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, el Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y el artículo 3º de la Resolución M.C. Nº 1074/20.
Por ello,
LA SECRETARIA DE PATRIMONIO CULTURAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar las bases y condiciones del concurso denominado: “Escultura María Remedios del Valle”, que corren agregadas como Anexo I (IF-2020-72672764-APN-SPC#MC) y forman parte integrante del presente acto.
ARTICULO 2º.- Destinar la suma de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 850.000) a la atención del premio del concurso cuyas bases y condiciones son aprobadas por el artículo 1°.
ARTÍCULO 3°.- Establecer como fecha de apertura del concurso previsto en el artículo 1º, el segundo día hábil siguiente a la publicación del presente acto en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas correspondientes al presente ejercicio asignado a esta Jurisdicción.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
Valeria Roberta Gonzalez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/11/2020 N° 55551/20 v. 13/11/2020
Fecha de publicación 13/11/2020
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