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martes, 28 de septiembre de 2021

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el uso excesivo de la fuerza en contra de niñas, niños y adolescentes, personas embarazadas y afrodescendientesque integraban caravanas de migrantes que tuvieron durante agosto y septiembre

Nota: personas migrantes en la caravan de Chiapas. Fuente: Cuarto Oscuro / Animal Político.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el uso excesivo de la fuerza en contra de personas que integraban caravanas de migrantes que tuvieron durante agosto y septiembre de 2021, en el estado de Chiapas, México; y urge al Estado a investigar de oficio y con la debida diligencia los hechos de violencia contra esta población, sancionar a los agentes estatales que resulten responsables, y reparar integralmente a las víctimas de estas violaciones a derechos humanos. El Estado también debe adoptar las medidas necesarias para evitar la repetición de estos hechos.

La Comisión observa que entre el 28 de agosto y el 5 de septiembre de 2021 se formaron al menos cuatro movimientos migratorios mixtos —también conocidos como "caravanas de migrantes"— en los cuales se desplazaban mujeres y otros grupos en especial situación de vulnerabilidad como niñas, niños y adolescentes, personas embarazadas y afrodescendientes con necesidades de protección internacional. 

Según información disponible, la formación de dichos movimientos derivaría de las demoras prolongadas en la resolución de los procedimientos de asilo o de protección, así como de la falta de acceso a servicios estatales y al ejercicio de otros derechos humanos en los estados del Sur de México.

La CIDH nota que, de acuerdo con la normativa vigente, las personas que solicitan asilo o protección deben esperar la resolución de sus procedimientos en la entidad federativa en que presentaron su solicitud. Como consecuencia de ello, organizaciones de la sociedad civil señalaron que ante la falta de oportunidades de integración en dicha región, se habría agudizado la situación de vulnerabilidad de las personas en movilidad.

Diversos videos publicados en redes sociales dan cuenta que a fin de impedir su paso hacia la frontera Norte del país, el Instituto Nacional de Migración (INM) y la Guardia Nacional, en contravención de los estándares interamericanos en la materia, utilizaron la fuerza en los operativos de control migratorio contra de las personas que integraban los movimientos migratorios mixtos. Asimismo, estas autoridades habrían realizado detenciones en contra de población en movilidad. Según información recibida, en dichos operativos participaron también elementos del Ejército y de los Grupos Beta —grupos de protección a migrantes creados a fin de proveer protección a esta población.

En particular, sobre el uso excesivo de la fuerza, la CIDH recibió información sobre enfrentamientos que culminaron en agresiones y golpes en contra de la población en movilidad. Con base en los videos publicados, se advierte que las autoridades estatales y las fuerzas de seguridad del Estado utilizaron escudos y toletes de seguridad para golpear en la cabeza y otras partes del cuerpo a las personas que se desplazaban, sin que estas tuvieran la posibilidad de defenderse. Asimismo, observa con preocupación que dichas agresiones se habrían cometido en contra de familias y de personas adultas acompañadas de niñas, niños y adolescentes. Adicionalmente, según información oficial, el INM habría iniciado investigaciones en contra de dos agentes federales a quienes se aplicaron las sanciones establecidas en la Ley de Migración.

En cuanto a las detenciones, la CIDH fue informada que estas se llevaron a cabo con excesivo uso de la fuerza, e incluyeron a familias enteras, y a niñas, niños y adolescentes. Al respecto, organizaciones señalaron que documentaron casos de personas que luego de ser detenidas fueron expulsadas hacia Guatemala. En este sentido, preocupa los reportes de organizaciones de sociedad civil sobre el alegado uso de aparatos para dar toques eléctricos a personas detenidas, presuntamente con el fin de obligar a abordar autobuses, previo a expulsarlas del país.

Según información de prensa, el 13 de septiembre tanto personas migrantes como personas defensoras de derechos humanos habrían organizado una huelga de hambre para solicitar el libre tránsito de estas personas en el territorio mexicano. Asimismo, la CIDH nota que el 15 de septiembre tuvo lugar una nueva protesta en la ciudad de Tapachula, Chiapas, con el objeto de reiterar su rechazo ante la falta de adopción de medidas para agilizar la resolución de los procedimientos migratorios, de asilo o protección pendientes, así como la falta de oportunidades para acceder a trabajo e integración.

En ese contexto, la Comisión reitera las directrices establecidas en los Principios Interamericanos sobre los Derechos Humanos de todas las Personas Migrantes, Refugiadas, Apátridas y las Víctimas de la Trata de Personas en lo relativo a que el uso de la fuerza no podrá usarse como respuesta ante la formación de movimientos migratorios mixtos a gran escala. 

El uso de este recurso se empleará únicamente cuando todos los demás medios de control se hayan agotado o fracasado, y siempre deberá ser estrictamente proporcional y necesario para alcanzar un objetivo lícito y razonable en las circunstancias de cada caso. Asimismo, el Estado deberá actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar a los responsables y reparar a las víctimas.

Adicionalmente, la CIDH reitera que la detención migratoria es una medida excepcional, y que esta podría aplicarse conforme a lo autorizado por la ley, solo cuando se determine ser necesaria, razonable en todas las circunstancias y proporcional a un propósito legítimo. Además, el Estado debe adoptar medidas para garantizar la prohibición de la detención de niñas, niños y adolescentes en contextos migratorios.

En lo que respecta a la participación de las fuerzas armadas y otros cuerpos de seguridad del Estado en operativos de control migratorio, en sus Observaciones Preliminares de la visita virtual a México la Comisión señaló que la seguridad ciudadana y las funciones de control migratorio deben corresponder a fuerzas policiales. Adicionalmente, consideró que la designación de personal con perfil militar no estaría capacitado para responder adecuadamente a las personas con necesidades de protección internacional, incluidas aquellas en situación especial de riesgo. Por ello, destacó que es necesario realizar una distinción entre funciones de seguridad y de asistencia humanitaria a personas en movilidad humana, dejando únicamente el actuar de tipo humanitario a personal civil especializado.

Finalmente, conforme a las recomendaciones formuladas en el Informe Debido proceso en los procedimientos para la determinación de la condición de persona refugiada y apátrida, y el otorgamiento de protección complementaria, la CIDH llama al Estado a implementar medidas para adaptar las estructuras e instituciones ya existentes, dotándolas de capacidades para procesar y decidir de manera adecuada y con respeto al debido proceso, la situación de los flujos masivos de personas solicitantes de asilo, refugiadas y otras formas de protección humanitaria en el contexto de los actuales movimientos migratorios mixtos en la región. Además, resalta la necesidad de incorporar la perspectiva de género y enfoques diferenciados a partir de un enfoque interseccional en todas las medidas que adopte.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.




Fuente: ACSUN, Oea, Cuartooscuro ,Animalpolitico.

martes, 7 de septiembre de 2021

La OEA publica informe temático "Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas afrodescendientes"


El 31 de agosto de 2021, en la misma fecha que se celebra por primera vez el Día Internacional de las Personas Afrodescendientes, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA), publican el informe temático "Derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de las personas afrodescendientes, Estándares Interamericanos para la prevención, combate y erradicación de la discriminación racial estructural", bajo los auspicios de la Cooperación Española, a través de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

La Comisión Interamericana y su REDESCA entienden que este informe es en sí mismo, una forma reparatoria de invocar la memoria colectiva de las personas afrodescendientes en la región; reconocer sus luchas sociales y legado histórico, así como visibilizar las diferentes violaciones de derechos humanos como forma de reparación. Este reconocimiento permite a la CIDH cumplir con su mandato de estimular, sistematizar, reforzar y consolidar el respeto de los derechos de las personas de ascendencia africana en la región de acuerdo con su mandato, y al Plan de Acción para el Decenio de las Personas Afrodescendientes en las Américas (2016-2025) de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

En el ejercicio de su función de interpretación de los instrumentos interamericanos de derechos humanos, la CIDH desarrolla en su informe nuevos estándares para combatir la discriminación racial estructural en la región y promover su aplicación para mitigar esta situación, incorporando un enfoque de interseccionalidad y de género, así como una perspectiva intercultural. En particular, destaca que las múltiples formas de discriminación que sufren las personas afrodescendientes tienen efectos tanto a nivel individual como también en el ámbito social, toda vez que obstruyen el acceso a los derechos básicos como el trabajo, la salud, la educación y la vivienda; situaciones que pueden verse exacerbada por contextos de pobreza y la privación de oportunidades económicas. Asimismo, que la pobreza tiene un impacto diferenciado en las personas afrodescendientes, en la medida que este origen étnico-racial se interseccional con otros factores de discriminación que profundizan las condiciones de vulnerabilidad, como la identidad y/o expresión de género; la discapacidad; la edad; la orientación sexual; el estatus migratorio; la situación socioeconómica; entre otros.

La Comisión subraya que las condiciones de vulnerabilidad descritas en el informe evidencian claramente, por una parte, la interdependencia e indivisibilidad de los derechos económicos, sociales culturales y ambientales; y de otra, la interdependencia y la interseccionalidad de las violaciones de derechos humanos. Por consiguiente, este informe tiene como objeto visibilizar la situación de las personas afrodescendientes en las Américas, tomando como base los avances de los Estados en la materia, con miras a impulsar el desarrollo progresivo de sus DESCA, que la CIDH y su REDESCA han venido enfatizando a través de sus diferentes mecanismos.

Dada la amplitud de derechos que se desprenden del marco de los DESCA, el documento se enfoca en los principales desafíos que enfrenta la población afrodescendiente en las Américas en relación con el acceso y garantía de los derechos a la educación; salud; vivienda; alimentación; trabajo; cultura; propiedad colectiva, medio ambiente sano y recursos naturales; agua potable y saneamiento básico.

Finalmente, la CIDH hace un llamado a los Estados de la región a ratificar la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia, al tiempo de enfatizar que la ratificación universal de los instrumentos interamericanos es un paso indispensable para el respeto y garantía de los derechos humanos de todas las personas en las Américas.

La REDESCA es una Oficina de la CIDH, especialmente creada para apoyar a la Comisión en el cumplimiento de su mandato de promoción y protección de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales en el continente americano.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.



Fuente: ACSUN, Oea.

miércoles, 28 de octubre de 2015

Denuncias sobre uso excesivo de la fuerza por la policía contra personas afrodescendientes en Estados Unidos ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos


Continuamos difundiendo entre nuestro seguidores videos y noticias de las respuestas de los estados ante las demandas de la personas y organizaciones de la sociedad civil en actos  de racismo y discriminación racial a lo largo y ancho de nuestro continente, esperamos sea de vuestro interés el material que les dejamos a continuación sobre el caso de Estados Unidos.







Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

miércoles, 26 de agosto de 2015

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó el asesinato de Gilmer Genaro García Ramírez, un líder de la comunidad afrodescendiente



La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó el asesinato de Gilmer Genaro García Ramírez, un líder de la comunidad afrodescendiente y representante legal del Consejo del Alto Mira y Frontera.


A través de un comunicado, la Comisión expresó su preocupación sobre este incidente y urgió a las autoridades colombianas a actuar de manera urgente para identificar, procesar y castigar a los responsables materiales e intelectuales de este caso, así como de otros asesinatos y ataques contra defensores de derechos humanos.

¿Donde ocurrio el hecho fatal?

De acuerdo a la información recibida por la CIDH, el 3 de agosto de 2015, Gilmer Genaro García Ramírez muerto por arma de fuego, presuntamente por un grupo de personas armadas que lo detuvieron cuando él viajaba en un automóvil por un camino rural de Tumaco (Nariño) cerca de la frontera con Ecuador, en la costa del Pacífico.

El rol de liderazgo de Gilmer Genaro García. 

Gilmer Genaro García era el líder del Consejo Comunitario del Alto Mira y Frontera, el cual desde 2012 busca obtener títulos colectivos de sus tierras y hacer realidad los derechos territoriales de la comunidad a través del proceso de restitución de tierras. 

También era un miembro de la Red de Consejos Comunitarios del Pacífico Sur (Recompas). Con respecto a los grupos armados que operan en esa región, Gilmer Genaro García Ramírez sostenía que la posición de los afro-colombianos es autónoma y neutral.

Según se informó, García Ramírez había recibido reiteradas amenazas en los últimos cinco años para que desistiera de su rol. García Ramírez era beneficiario de medidas de protección del Gobierno de Colombia.

"La Comisión observa con profunda preocupación que ha recibido informes indicando que otros tres miembros del Consejo Comunitario han sido asesinados desde 1998, y que la hermana de Gilmer Genaro García Ramírez fue asesinada en 2012 por personas armadas que preguntaron por él", señaló.

Para la Comisión, "a la luz de la continuidad de los ataques contra varios defensores de derechos humanos afrocolombianos que trabajan en la región del Pacífico Colombiano, la Comisión expresa su alarma sobre los actos violencia contra líderes afrodescendientes, particularmente en su búsqueda de defender los derechos a sus tierras ancestrales y comunitarias".

En ese sentido, la CIDH urgió al Estado colombiano a investigar si estos hechos constituirían un patrón de violencia contra líderes afrodescendientes.

“Las personas afrodescendientes en Colombia continúan siendo víctimas de desplazamiento forzado interno en forma desproporcionada, como resultado del conflicto armado en sus territorios ancestrales y de sus actividades y proyectos de desarrollo relativos a industrias extractivas”, dijo la Comisionada Rose-Marie Belle Antoine, Presidenta de la CIDH y Relatora sobre los Derechos de las Personas Afrodescendientes y contra la Discriminación Racial.

“Sin embargo, las personas afrocolombianas han sido excluidas históricamente de las decisiones y los procesos sobre cómo reparar y remediar las violaciones a los derechos humanos que emergen del desplazamiento y del conflicto. Al tiempo que apoyó el actual proceso de paz para poner fin al conflicto armado, creo que es esencial que los puntos de vista y las necesidades de las personas afrocolombianas sean tenidos en cuenta en las negociaciones que tienen lugar en La Habana”, agregó.

La Comisión recuerda asimismo que la labor de defensores y defensoras es esencial para la construcción de una sociedad democrática sólida y duradera, y tienen un papel protagónico en el proceso para el logro pleno del Estado de Derecho y el fortalecimiento de la democracia.





ACSUN, Lic. Javier Dìaz, Vanguardia.