Nota: en la imagen, captura de pantalla de la Sentencia de la Corte Constitucional de Ecuador.
“Por más de cinco décadas, Furukawa mantuvo en sus haciendas una práctica análoga a la esclavitud conocida como servidumbre de la gleba. Este sistema consistía en aprovecharse de personas en condiciones de extrema vulnerabilidad para que vivan en campamentos dentro de las haciendas y cosechen abacá en beneficio de Furukawa”.
Estas son las primeras líneas de una sentencia histórica en Ecuador que reconoce por primera vez que la millonaria firma a cargo de la producción de esa fibra violó los derechos laborales y humanos de sus trabajadores, tal y como llevan seis años denunciando. También señala a las entidades públicas por omitir la adopción de medidas de prevención y protección, y exige reparaciones integrales que engloban disculpas públicas del Estado y de la empresa, reparaciones económicas o cesiones de tierras y reformas legales para “evitar la impunidad corporativa” u otras prácticas de esclavitud.
El fallo, emitido el jueves 5 de diciembre de 2024, confirma además que la esclavitud fue motivada por el “origen afrodescendiente” de los trabajadores y el “racismo estructural” que existe en Ecuador.
“Las personas que cultivaban el abacá eran percibidas, debido a su origen afrodescendiente, como objetos de producción, y no como personas en igualdad de condiciones de dignidad humana”, se lee.
Alejandra Zambrano, abogada de la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos (Cedhu), expresa la satisfacción con cautela, mientras termina de escrutar las 146 páginas del fallo. Y celebra las palabras tan vocales de los jueces al aludir al racismo. “Es sumamente importante, no hay un antecedente como este. Y para revertir este racismo estructural, el primer paso es reconocer que existe”, zanja por teléfono.
La servidumbre de la gleba, según expone la Corte, consistía en mantener a los abacaleros en campamentos dentro de las haciendas insalubres, sin acceso a servicios básicos como electricidad, agua potable, ni salud o educación.
Estos trabajadores eran obligados a cultivar abacá para la empresa, con la imposibilidad de modificar su situación generacionalmente. Si bien esta obligación no fue manifestada a la fuerza, se materializaba precisamente gracias a la extrema vulnerabilidad de las víctimas, en su mayoría afrodescendientes y analfabetas.
La Corte ha exigido una importante batería de reparaciones simbólicas como la creación de un documental sobre la servidumbre de la gleba, con la participación de los abacaleros, y la declaración de un día de conmemoración de las víctimas de Furukawa. El acto de disculpa pública se realizará en menos de dos meses en la Plaza Grande de Quito, un lugar emblemático de las luchas sociales del país y donde llegaron por primera vez los abacaleros a reivindicar sus derechos. El acto tendrá que ser liderado por el presidente o, en su defecto, alguno de los ministros.
Si bien la firma japonesa, instalada en Ecuador a mediados de los 60, aún no ha emitido ninguna declaración sobre la sentencia, sí se pronunciaron días antes, intuyendo la contundencia del fallo. “En caso de que se disponga de una eventual reparación dentro del actual proceso de selección y revisión, la invasión de las haciendas de Furukawa debe ser considerada, pues aquello ha implicado que no se tenga control sobre las mismas”, acusaron días antes del fallo a la jueza ponente, Daniela Salazar Marín. Esa invasión que aseguran fue “a la fuerza” es un asentamiento de resistencia de los abacaleros, hoy ya reconocidos por la justicia ecuatoriana como víctimas de la esclavitud moderna. “Las personas que se encuentran ahí (...) han estado explotando por más de cinco años esas 117 hectáreas, lo cual les ha dejado buena plata”, argumentaba Walter Sánchez, comodatario de la empresa.
Donde esta ubicada Furukawa
Furukawa es propietaria de más de 2.000 hectáreas de tierra productiva. En estas tierras existen 26 haciendas ubicadas en las provincias de Santo Domingo de los Tsáchilas, Los Ríos y Esmeraldas, que se dedican aún hoy al cultivo e industrialización del abacá. Zambrano ahonda en lo simbólico del gesto “en un país donde reina la agroindustria”. “Es también un aviso a otras empresas con prácticas similares”, dice.
Esta es la primera vez que la Corte Constitucional emite una sentencia sobre servidumbre de gleba y racismo estructural en el país.
Si bien en 2021 el juez constitucional de primera instancia, Carlos Vera Cedeño, reconoció que había prácticas análogas con la esclavitud moderna, este fallo tiene la competencia de sentar un precedente jurídico y es de obligado cumplimiento. El siguiente paso será la fase de ejecución de sentencia, que iniciará esta misma Corte.
Esta sentencia puede influir en el proceso penal contra la firma y cuatro ex gerentes y administradores: Marcelo Almeida, vinculado a Furukawa por dos décadas, Iván Segarra, antiguo administrador de campo, Adrián Herrera, gerente desde 2019, Hugo Chalen, quien mantiene funciones comerciales desde 2001 y Paúl Bolaños, jefe administrativo de 2005 a 2006 y jefe de recursos humanos desde 2018 hasta la actualidad y la propia persona jurídica. “Aunque no es vinculante, la Corte es un órgano con mayor autoridad que se pronuncia por primera vez ante el único proceso judicial de servidumbre de gleba del país”, cuenta Zambrano. “Este fallo señala como responsables al Estado y a la firma”. Esta última también está en el banquillo del proceso penal.
Sin embargo, este otro proceso ha estado plagado de irregularidades que ponen de manifiesto la enorme influencia de la firma. La más reciente es la vinculación de la jueza ponente del caso, Miriam Cecilia Yáñez Vallejo, con el abogado de Paúl Bolaños.
Según documentos a los que ha tenido acceso EL PAÍS de España, la jueza presentó una acción de protección asesorada por los abogados de Bolaños contra el Consejo de la Judicatura en un proceso que arrancó en 2023 (después de presentarse la demanda contra Furukawa) y al menos hasta febrero de 2024 (cuando se dictó sentencia de apelación).
Nota: en la imagen trabajador de la plantación Furukawa Autor: Ana María Buitron.
Así, cuando en noviembre de 2023 la referida jueza se declaró competente para juzgar a Bolaños como coautor del delito de trata de personas con fines de explotación laboral, al mismo tiempo estaba siendo defendida y patrocinada por su mismo abogado.
Si bien los jueces están obligados a recusar los juicios en los que puedan tener conflicto de intereses, no fue el caso y aceptó el proceso con normalidad. “Es una omisión dolosa, sin duda. Es imposible que no supiera quién es si lo ha saludado de beso y lo ha llamado por su nombre en los tribunales”, cuentan fuentes cercanas al caso. Estas vinculaciones entre ambos han hecho que tanto la Fiscalía como la acusación presentaran dos demandas de recusación para que sea reemplazada “inmediatamente”.
El vínculo profesional existente, dice la demanda Cedhu, “hace indudable la existencia de un interés económico”. De no haber existido cobros en dinero, señalan, “estamos ante un escenario aún más dudoso respecto a la imparcialidad de la juzgadora, como estar en deuda con dichos abogados (...) o por amistad íntima”.
Esta es la última de una larga cadena de irregularidades que obligaron a derivar el caso a otra provincia, después de que todos los jueces de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas se excusaran. Los abogados del caso saben que aún queda mucho trabajo por delante, pero hoy están un paso más cerca de la reparación.
Fuente: ACSUN, elpais,corteconstitucional.