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miércoles, 23 de julio de 2025

Compromiso del Gobierno Uruguayo para Reforzar la Ley de Acciones Afirmativas.



El ministro de Trabajo y Seguridad Social de Uruguay, Juan Castillo, en el día de hoy (23 de julio de 2025) se ha comprometido a revisar y mejorar la aplicación de la ley de acciones afirmativas para la comunidad afrodescendiente. 

El anuncio se realizó durante una jornada enmarcada en el Mes de la Afrodescendencia, donde Castillo afirmó que es crucial abordar las demandas laborales de este colectivo en el sector público.

La Ley 19.122, aprobada en 2013, establece que los organismos públicos deben reservar el 8% de los nuevos puestos de trabajo anuales para personas afrodescendientes que cumplan con los requisitos necesarios. Sin embargo, desde su implementación en 2014, el cumplimiento ha sido insuficiente, ya que nunca se ha alcanzado ni la mitad del porcentaje estipulado. El año con mayor contratación fue 2018, con solo un 3,29%.

Castillo reconoció que una ley por sí sola no es suficiente para resolver las desigualdades sociales. 

"Hacer que la ley se cumpla es un problema de correlación de fuerzas también en nuestra sociedad", señaló, subrayando la importancia de la movilización social para garantizar su efectividad.

Por su parte, el director nacional de Empleo, Federico Araya, calificó la situación como un incumplimiento "estructural". Araya destacó que después de más de una década sin alcanzar los objetivos, es evidente que el Estado necesita encontrar una solución. En respuesta, el Ministerio está trabajando en la inclusión de un capítulo específico para la población afrodescendiente en la nueva ley de promoción de empleo. El objetivo es claro: mejorar las condiciones laborales y reducir las brechas en las tasas de desempleo.

Según el último censo, los afrodescendientes representan el 10,6% de la población uruguaya. A pesar de ello, el Instituto Nacional de Estadística informó que el 28,7% de esta comunidad vive bajo la línea de pobreza, una cifra que subraya la urgencia de estas medidas.





Fuente: ACSUN, presidencia

martes, 23 de julio de 2024

Percepción de las personas afrodescendientes en el Uruguay y los desafíos la aplicación de la ley 19122, para favorecer la participación en las áreas educativas y laborales.

 





En el día de hoy, la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoria del Pueblo, presento en su sitio web la publicación "


Ley 19.122. La percepción de las personas afrodescendientes en el Uruguay y los desafíos de su aplicación"


Este informe tiene como objetivo explorar la percepción de las personas afrodescendientes en relación con la implementación de la ley 19.122, que establece directrices para promover su participación en los sectores educativo y laboral. En este contexto, se analiza específicamente el tema de la cuota afrodescendiente y su cumplimiento.



En respuesta al Plan de Acción de Durban, a las recomendaciones a nivel nacional y regional, y a la Recomendación 32 del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, la Ley 19.122 se erige como un hito trascendental en la lucha por la equidad racial en Uruguay.


Esta legislación reconoce la trata y el tráfico de esclavos como crímenes contra la humanidad y declara a la población afrodescendiente como víctima histórica de discriminación racial. De manera sin precedentes, se declara de interés general el diseño, la promoción y la implementación de medidas afirmativas específicamente dirigidas a los afrodescendientes en los ámbitos públicos y privados.

La ley estipula que el 8% de las vacantes laborales del Estado (que incluye la Administración central, los entes autónomos, los servicios descentralizados y los gobiernos departamentales) se reserve para personas afrodescendientes durante un período de quince años a partir de su promulgación. Además, ordena la creación de cupos para este colectivo en la formación profesional y en el sistema de becas y apoyos estudiantiles a nivel nacional y departamental. Esta medida busca garantizar la inclusión y la equidad para la población afrodescendiente en Uruguay.

Este informe analiza la percepción de la población afrodescendiente sobre la aplicación de la ley realizada por un grupo de trabajo conformado por la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo y la sociedad civil quienes recopilaron esta información mediante una encuesta de opinión a individuos y organizaciones sociales.

La ley 19122, es una norma, a la cual casi la mitad de los organismos del Estado jamás han implementado el ingresos para afrodescendientes.

Debemos recordar en entro en vigencia, en 2014, al Estado tendrían que haber ingresado más de 13 mil personas, pero lo hicieron menos de 3 mil, en su mayoría en servicios y tareas subalternas.

En setiembre de 2013 comenzó a regir la ley de "Fijación de disposiciones con el fin de favorecer la participación educativa y laboral de los afrodescendientes". Desde ese entonces, 13.458 personas deberían haber ingresado al Estado, en cumplimiento de esa normativa. Sin embargo, en todos estos años, solo lo hicieron 2.993.




En la tarde hoy (martes 23 de julio de 2024), Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoria del Pueblo, a partir de las 17:30 horas presentaran un informe de seguimiento de esta ley, donde se releva el efectivo cumplimiento de esta norma a más de diez años de su implementación.

La ley estipula que el 8% de las vacantes laborales en el Estado se reserven para afrodescendientes.

Además, se establece la creación de cupos en la formación profesional y en el sistema de becas y apoyos estudiantiales, a nivel nacional y departamental.

El objetivo de la génesis de la ley, fue garantizar la "inclusión y equidad". En la etapa de discusión del proyecto de ley, ACSUN forma parte activa en el intercambio con los legisladores propulsores. 

Habiendo sido parte de la coordinación entre diversas organizaciones afrodescendientes, el Licenciado Javier Díaz, en su calidad de integrantes de ACSUN, en su momento fue invitado a la Comisión de Población para brindar la visión de las organizaciones afrodescendientes; lográndose mejorar el proyecto e introduciendo un elemento que a la postre fue un hito histórico como la declaración de crimen de lexa humanidad a la trata trasatlántica de personas (articulo 1 de la ley 19122)

De acuerdo con el registros de la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC), , el porcentaje pautado por la ley nunca se cumplió, información que agosto de 2023, durante la comparecencia de Uruguay ante el Comité para la Eliminación Racial se ha mantenido sin cambios.

Datos que asombran por la falta de implementación

Las contrataciones oscilaron entre un mínimo de 0,69% en 2020 a un máximo de 3,29% en 2018. En 2022, solo el 1,8% de los ingresos al Estado fueron de personas afrodescendientes.

En la práctica, solo el 53% de todos los organismos obligados había implementado ingresos de personas afrodescedientes por cuotas.

Existe un cumpliendo dispar a través de los distintos organismos del Estado.

El 60% de los ingresos efectivamente concretados fueron a través del Poder Ejecutivo.

El 18% lo hizo por los entes industriales y comerciales (como UTE y Antel) y el 10% en el resto de los entes autónomos y servicios descentralizados.

El 9% lo hizo en los gobiernos departamentales y el 3% en los que se rigen por el derecho público no estatal. El Poder Legislativo —el mismo que votó la ley vigente— es quien menos ha cumplido.

Desde 2014, solo han ingresado dos personas por esta vía al Parlamento.

Los organismos en los que han ingresado más afrodescendientes son el Ministerio de Defensa (1.167 casos, más de uno de cada tres), Interior (184), OSE (181) y UTE (132).

En tareas han ingresado las personas afrodescendientes a travès de la ley 19122

Entre las tareas a desempeñar, predominan los servicios, oficios y puestos subalternos (61%). 

El 16% ingresó en trabajo administrativo. 

Solo el 7% lo hizo para realizar tareas profesionales, 5% para ejercer la docencia y 1% como educadores. 

Seis de cada diez ingresos fueron parra hombres, mientras que las mujeres han entrado en puestos que requieren una mayor calificación.

Si se considera la edad, dos de cada tres ingresos de afrodescendientes fueron de personas que tenían entre 18 y 29 años. 

El 29% tenía entre 30 y 45 años y el 5% era mayor a esa edad.

En sus conclusiones, la Inddhh subrayó que la implementación de la ley en cuestión "supone un desafío para la sociedad uruguaya", que requiere el compromiso de diversas instituciones y actores del Estado. 

"Su incumplimiento refleja la necesidad de continuar trabajando en la disminución de la discriminación racial que sufre la población afrodescendiente".





Fuente: ACSUN, innddhh

miércoles, 29 de julio de 2020

Senadores en Uruguay presentaron un proyecto de ley para evitar que el recorte en el ingreso al Estado afecte las contrataciones de colectivos minoritarios


En el día de ayer (28 de julio de 2020), gracias al esfuerzo periodístico de nuestros colaborares, buceando en las redes y paginas webs accedimos a un proyecto de ley que afecta directamente al colectivo afrodescendiente en Uruguay. Como es tradición en nuestro `país nos enteramos tarde lo que se discute. Los y las invitamos a difundir esta nota, no se olviden de citar la fuente para poder generar masa critica en la temática de acciones afirmativas. No importa si no tenes para imprimir; podes utilizar whats app, facebook, instagram o nuestra arma màs potente el "Radio Bemba". Debemos ser protagonistas y no meros actores de las acciones que se discuten para romper las brechas históricas que vulneran nuestros derechos como ciudadanos y ciudadana.




Senadores del Frente Amplio (Uruguay) presentaron un proyecto de ley para evitar que el recorte en el ingreso al Estado afecte las contrataciones de colectivos minoritarios. La senadora Sandra Lazo explicó a Informe nacional que la iniciativa pretende proteger a grupos “históricamente postergados”, como las personas con discapacidad, afrodescendientes, personas trans y víctimas de delitos violentos.Según explicó la legisladora, el proyecto de ley apunta a dejar al margen a estos colectivos de las disposiciones de austeridad del artículo 4º del decreto que limita la renovación de vacantes en el sector público. El proyecto ingresará la próxima semana a la Comisión de Población y Desarrollo Social del Senado, indicó Lazo.




Fuente: ACSUN

jueves, 22 de agosto de 2019

Ya han pasado 6 años del histórico 21 de agosto en Uruguay para los afrodescendientes

Como es nuestra costumbre, difundimos los informes oficiales y noticias relevantes para nuestra población que muchas veces tienen excasa difusión. Este es un material interesante para poder discutir e intercambiar a nivel colectivo

En el mismo podran observar avances y estancamientos en un proceso lento de la implementación de esta norma que marca un antes y despúes en la visualización de los y las afrodescendientes como sujetos de derecho en Uruguay.


Debemos de recordar que en el proceso de discusión, previo a su aprobación ACSUN junto con otras organizaciones participó activamente para enriquecer el texto original, asi como elevar el tono de la discusión a nivel del Palacio Legislatico y especialmente con todos los partidos politicos que en ese momento tenian representación parlamentaria









Fuente: ACSUN, Lic. Javier Díaz, INDDHH.

viernes, 29 de septiembre de 2017

Nuevo llamado a Educador que aplica cuota para afrodescendientes.. Setiembre 2017.


Continuamos con nuestra política de democratizar la información, por tal motivo los y las invitamos a difunir en sus redes el nuevo llamado que cumple con la ley 19122 de acciones afirmativas para afrodescendientes en Uruguay.


Llamado Nº 6473/2017
Educador referente JER - INJU - MIDES - Adm.Gral- Dir. General Secret.

Período de postulación:
21/09/2017 - 06/10/2017

Tipo de Tarea: Técnicas

Estado:
Abierto


Descripción de Función: Los Educadores de Equipos Socio-Educativos tienen como principal responsabilidad actuar profesionalmente en la instrumentación de las diversas líneas de trabajo del Programa, sosteniendo un vínculo directo con los jóvenes sobre quienes desarrollarán la referencia socio-educativa.


Comentario de Interés: Deberá completar el siguiente link para finalizar su postulación correctamente:

https://goo.gl/HJhdHc





De no completarlo su postulación no será tenida en cuenta.


Dando cumplimiento a la Ley 19.122 de fecha 21de agosto de 2013, y Decreto del Poder Ejecutivo ° 144/2014 de 22 de mayo de 2014, se asignará el 8% de total para cubrir con personas afrodescendientes.


Lugar de Recepción de Consultas:

consultasllamados@mides.gub.uy


Teléfono de Consultas:


24000302 int. 1016

Recepción de Postulaciones a través de Uruguay Concursa:
Si



Organismo y Cantidad de Puestos
Ministerio de Desarrollo Social - Dirección General de Secretaría


7 Puestos







Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz,uruguayconcursa.

miércoles, 12 de julio de 2017

Nuevos llamado para ingresar al estado con cuota para afrodescendientes


Llamado Nº 0116/2017
Ayudante de laboratorio (D1) - MGAP - Dirección General de Servicios Ganaderos - Art. 4° de la Ley N° 19.122



 

Información General




Tipo de Vínculo:
Contrato de Provisoriato

Nombre del puesto:
Ayudante de laboratorio

Período de postulación:
13/07/2017 - 27/07/2017

Tipo de Tarea:
Especializado

Estado:
Abierto


Retribución:
$ 24.983,76 nominales a valores de enero 2017.

Carga horaria:

40 horas semanales.

Lugar de desempeño:

División de Laboratorios Veterinarios “Miguel C. Rubino”, sito en Ruta 8 Brig. Juan A. Lavalleja, km. 17, Departamento de Montevideo.

Tiempo de contratación:
Máximo 15 meses en régimen de contrato de provisoriato. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario podrá ser incorporado en un cargo presupuestado

Organismo y Cantidad de Puestos


Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca - Dirección General de Servicios Ganaderos 2 Puestos



Otras condiciones de trabajo


Nombre: Ayudante de Laboratorio
Escalafón: D
Grado: 1

La tarea se realiza en condiciones de aplicación de Buenas Prácticas de Laboratorio. El esfuerzo físico a desarrollar es de intensidad media.


Requisitos excluyentes

Bachillerato completo con orientación Biológico de Enseñanza Secundaria o su equivalente en instituciones reconocidas por autoridad competente.
Ó Estudiante de la carrera Tecnólogo Químico de la Universidad de la República o su equivalente en instituciones reconocidas por autoridad competente.
Ó estudiante de la carrera Técnico en Anatomía Patológica de la Escuela Universitaria de Tecnología Médica o su equivalente en instituciones reconocidas por autoridad competente
Ó bachillerato completo de Tecnología Agraria expedido por el Consejo de Educación Técnico Profesional o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente.
Ó estudiante de la carrera de Doctor en Ciencias Veterinarias hasta segundo año aprobado de la Universidad de la República o su equivalente otorgado por instituciones reconocidas por autoridad competente
Ó estudiante de la carrera de Licenciado en Laboratorio Clínico, hasta segundo año aprobado de la Universidad de República o su equivalente en instituciones reconocidas por autoridad competente.
Ó Cursos de entrenamiento en técnicas de laboratorio de análisis clínico médico o veterinario, o certificados con formación equivalente dictados por instituciones de reconocida idoneidad.



Incompatibilidades


Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades
1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.
2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones 

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).
2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.
3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.


Medios de Postulación

www.uruguayconcursa.gub.uy


Etapas del proceso


1- Instalación del Tribunal
2- Preselección
3- Méritos y Antecedentes
4- Entrevista con el Tribunal
5- Fallo final





Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, IMPO.

miércoles, 28 de junio de 2017

Informe de la implementaciòn de la cuota para afrodescendientes de ingreso al estado Uruguayo

De apoco el estado uruguayo esta generando informaciòn sobre los avances y los retrocesos de la ley 19122 de acciones afirmativas para afrodescendientes.

Publicamos el reporte completo para que cada uno saque sus propios conclusiones.








Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, ONSC.

viernes, 13 de enero de 2017

Concurso de ingreso al Banco Republica. Aplicaciòn de la ley de cuotas para Afrodescendientes

Continuamos democratizando la informaciòn para que se cumpla efectivamente la ley 19122  " El 8% de las vacantes serán provistas dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 19.122 de 21/08/2013 (Afrodescendientes). Aquellos postulantes incluidos en el marco de dicha Ley que no resulten sorteados en su sorteo específico, volverán a ser tenidos en cuenta en el sorteo general".









Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, BROU

jueves, 15 de diciembre de 2016

Llamado para ingresar en el estado uruguayo. Diciembre 2016 - Enero 2017.





Llamado Nº 6862/2016
Administrativos Montevideo - Inst.Nac.Colonización - Inst.Nac. de Colonización

Información General



Período de postulación:
20/12/2016 - 05/01/2017

Tipo de Tarea:
Administrativas

Estado:
Abierto



Descripción de Función:
El Instituto Nacional de Colonización, llama a inscripción a Concurso abierto de oposición y méritos para cubrir vacantes en el escalafón C, Administrativo, grado 10 nivel 1, según el siguiente detalle:

- Seis (6) cargos Administrativos para Casa Central del INC (Un cupo para afrodescendientes, un cupo para personas con discapacidad)

Los cargos para los que se concursa son presupuestados y la designación será precaria y revocable por resolución fundada, adoptada dentro del término de los dos años contados a partir de la toma de posesión del cargo. Se admitirá una sola inscripción por postulante. Remuneración mensual $29.822 nominales (valores a enero de 2016)

Toda la información vinculada al llamado se encuentra en el siguiente enlace: http://www.colonizacion.com.uy/content/category/18/336/114/




Comentario de Interés:

Toda la información vinculada al llamado se encuentra en el siguiente enlace: http://www.colonizacion.com.uy/content/category/18/336/114/

Lugar de Recepción de Consultas:
concursos@colonizacion.com.uy

Teléfono de Consultas:
29161288

Recepción de Postulaciones a través de Uruguay Concursa:
No

viernes, 4 de marzo de 2016

Llamados laborales en el maro de ley 19122. Acciones afirmativas para afrodescendientes. Ultima actualización a marzo de 2016.

Links con los ùltimos llamados que contemplan cupos para afrodescendientes. Esta en en nosotros difundir y presentarnos para que se cumpla la ley 19122.


Llamados

Asistente de campo para censo. Vence el 07/03/2016.











Asistente campaña IRPF-IASS - DGI. Vence el 17/03/2016.











Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, MIDES.

viernes, 17 de julio de 2015

La Ministra de Desarrollo social de Uruguay comparecio ante la comisiòn de presupuesto del parlamento siendo observada por el incumplimiento de la ley de cuotas para afrodescendientes


En la comisión la comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Diputados, el diputado frenteamplista José Querejeta (lista 711) planteó el incumplimiento del Poder Ejecutivo de la ley de agosto de 2013 que establece la obligación de tener un mínimo de 8% de trabajadores afrodescendientes en el Estado. Según los datos oficiales, en 2014 hubo 6.096 ingresos de funcionarios solamente en la administración central (ministerios y Presidencia) de los cuales 102 son afrodescendientes, es decir apenas el 1,7%.

En el resto del Estado, los únicos que han cumplido con esa ley son las intendencias de Rivera y Cerro Largo, el Inefop y Mevir.

Otros temas tratados en la Comisiòn

Arismendi reconoció que en el gobierno hay visiones diferentes sobre las transferencias y destacó que no comparte lo que está previsto en las leyes sociales.

Según la ministra, la asistencia al sistema educativo y al sistema de salud pública no debe condicionar el pago de las asignaciones familiares.

En la reunión, el diputado nacionalista Pablo Abdala le sugirió que el gobierno "tome una decisión" en este sentido, es decir "si sigue exigiendo las contraprestaciones o no".

Arismendi adelantó que el gobierno trabaja en una especie de unificación de las transferencias, las asignaciones familiares, la tarjeta alimentaria y el resto. De todos modos, no dio mayores detalles respecto a la iniciativa.

En la reunión de la comisión se habló luego acerca de la reciente encuesta de Salud y Nutrición Infantil, que arroja que entre los niños de 0 a 3, un 4,3% tiene inseguridad alimentaria severa, es decir hambre según la definición de la FAO.

Abdala le recordó a la ministra que la encuesta señala que más del 16% de ese 4,3% no recibe asignación familiar y que solamente el 36% recibe la tarjeta alimentaria.

Arismendi respondió que eso no significa que estos niños padezcan hambre sino que tienen problema de alimentación por comer lo que se conoce como "comida chatarra", entre otras razones.
Afrodescendientes.


La comisión continuará analizando el proyecto de Rendición de Cuentas y espera llevarlo al plenario de Diputados en la sesión extraordinaria fijada para el jueves 23.



Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, Elpais.

lunes, 8 de junio de 2015

Legisladores solicitan un pedido de informe por la aplicaciòn de ley 19122 de acciones afirmativas en Uruguay


Los diputados del Partido Nacional (Uruguay), Pablo Abdala y Gloria Rodríguez, remitieron un pedido de informes a la Oficina del Servicio Civil y a los ministerios correspondientes del Poder Ejecutivo a través del cual solicitan información sobre la aplicación de la Ley de acciones afirmativas para la población afrodescendientes, aprobada en el año 2013.

¿Què informaciòn solicitaron?

Los legisladores reclaman, entre otros aspectos, estadísticas sobre puestos de trabajo, becas de estudio y cursos de capacitación laboral otorgados a dichos ciudadanos de manera preferencial, según lo dispone la Ley.

Con relación al cumplimiento de la ley Nº 19.122 de 21 de agosto de 2013, que consagra acciones afirmativas para favorecer a la población afrodescendiente en las áreas educativa y laboral, se solicita saber si “los organismos mencionados en el articulado han cumplido con la obligación de destinar el 8% de los puestos de trabajo a los integrantes del colectivo mencionado.

a) Los legisladores reclaman que se indique “la cantidad de ingresos que se hayan registrado en cada repartición desde la vigencia de la norma, tanto los totales como los correspondientes a las personas beneficiarias”.

Consultan por cupo del 8%

b) Mediante el pedido de informes solicitaron además que “se sirva indicar si el Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesional (INEFOP) ha cumplido con la implementación de un cupo del 8% de los programas de capacitación y calificación.

“El Ministerio de Educación y Cultura ha asignado becas y otros apoyos estudiantiles para personas afrodescendientes, según lo dispuesto en la Ley”.

c) También se consulta “si se constituyó en el ámbito del Poder Ejecutivo la comisión interministerial (ministerios de Desarrollo, Cultura y Trabajo) y el Consejo Consultivo consagrados en el artículo 9, a los efectos de la ejecución de los cometidos resueltos por el legislador, y si los organismos públicos han cumplido con la obligación legal de remitir informes, de manera periódica, sobre las acciones afirmativas que hayan llevado a cabo, en beneficio de la población afrodescendiente, en el ámbito de su competencia”.




Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, Larepublica.

martes, 7 de abril de 2015

LLamado de ANCAP para vacantes choferes

Te invitamos a sumarte a nuestra iniciativa y colectivizar la información o usar el arma más vieja que tiene nuestras comunidades como es el "Radio Bemba" o el boca a boca. 



Para nuestros lectores y lectoras publicamos las bases parea que las puedan descargar.











Fuente: ACSUN, Lic. Javier Díaz.

jueves, 12 de marzo de 2015

Informaciòn de interes para trabajar en Ministerio del Interio. de Uruguay




Uruguay no respeta la ley 19122 de acciones afirmativas y el llamado para aspirantes que les presentamos esta incumpliendo la ley de acciones afirmativas. La misma a texto expreso obliga al estado uruguayo que en en cada llamado prevea el 


Guardia Republicana llama a aspirantes para ocupar 300 cargos


La Dirección Nacional Guardia Republicana llama a concurso para ocupar 300 cargos en sus dependencias.

La entrega de los Curriculum Vitae se realizará en la Sede de la Dirección Nacional Guardia Republicana en José Pedro Varela S/Nº entre Avda. José Batlle y Ordoñez y Avda. Dámaso Antonio Larrañaga. Se lo hará en el Departamento de Recursos Humanos , de lunes a viernes en el horario de 07:00 a 15:00 a partir del día lunes 9 de marzo de 2015 hasta el día 5 de abril próximo. Posteriormente se fijará el calendario de pruebas del reclutamiento mencionadas.

Por consultas dirigirse al telefono 152-3264 en horario de Oficina.


 DESCARGAR FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN



Fuente: ACSUN, Lic. Javier Dìaz, Ministerio del Interior.

martes, 28 de octubre de 2014

Seguimos democratizando la información de solicitudes del trabajo del Estado



Operadores Teleconsultas y Operadores para Centrales Telefónicas



El Banco de Previsión Social llama a concurso para la provisión de puestos de Operadores para Teleconsultas y Centrales Telefónicas en régimen de Contrato a Término por el lapso de un año prorrogable por un año más a efectos de desempeñar funciones en el Departamento de Montevideo.



CT 01/14: Operadores de Teleconsultas


CT 02/14: Operadores de Teleconsultas (Ley 19.122)


CT 03/14: Operadores para Centrales Telefónicas

BASES:


Dando cumplimiento a la Ley 19.122 de fecha 21.08.2013 y Decreto del Poder Ejecutivo 


Nro. 144/2014 del 22 de mayo de 2014 se asignará el cupo de 3 Operadores de Teleconsultas 

para cubrir con personas afrodescendientes. Si dicho cupo no pudiera ser cubierto, el mismo se 

destinará al grupo general.



INSCRIPCIONES:


EXCLUSIVAMENTE en: http://concursos.bps.gub.uy desde la hora 9.00 del día 05/11hasta la hora 16.00 del día 20/11/2014






Fuente:ACSUN, Lic. Javier Díaz, BPS.