miércoles, 23 de febrero de 2022

Condenada a prisión en Ecuador una maestra por actos de odio contra un niño en Ecuador



Un tribunal de Loja consideró que una maestra incurrió en el delito de actos de odio por humillar a un alumno de 5 años de forma constante, negándole el saludo, señalando sus carencias e impidiendo que compartiera con sus compañeros el horario del recreo.


Un tribuna de Loja (Ecuador) sentencio a una maestra a cuatro años de prisión en Ecuador por actos de odio contra uno de sus estudiantes de 5 años que intentó suicidarse colgándose de una viga en la cocina de su casa durante el año lectivo 2018–2019. 

Los familiares del niño agredido denunciaron ante la Fiscalía los maltratos que Carmen T. le inflingía a causa de su condición socioeconómica, comprobados a través de pruebas psicológicas y el testimonio de su abuela que evitó el fatal desenlace.

 Así lo informó este lunes 21 de febrero de 2021 la Fiscalía General del Estado en un comunicado donde detalló que parte de la sanción contra la maestra es una multa de 10 salarios básicos unificados (SBU), equivalente a 4.250 dólares, además de 800 dólares como reparación integral para la familia del niño. 

Según señala el documento, la mujer habría actuado “negándole el saludo, señalando sus carencias e impidiendo que comparta con sus compañeros el horario del recreo”, por lo que el infante se quejó de que “su maestra no lo quería”.

Parte de esos argumentos fueron los que ese tribunal recogió para condenar a cuatro años de prisión a la docente Carmen T.

Este caso de reportó en una institución educativa de la parroquia Sabanilla, en el cantón Celica, en Loja, durante el periodo lectivo 2018-2019.

Llegó a los tribunales cuando la familia del menor puso una denuncia porque el niño intentó suicidarse, según consta en el proceso.

La Fiscalía indicó que el niño se colgó de una viga en la cocina de su casa, pero el suicidio no se consumó porque su abuela llegó en ese momento. Cuando la abuela le preguntó por qué lo había hecho, el niño respondió que “su maestra no lo quería”, según el testimonio que recogió la Fiscalía.


El caso se abordó durante dos días de audiencias. En este proceso, la Fiscalía presentó pruebas, informes y las pericias efectuadas. “Las investigaciones establecieron la responsabilidad de la maestra, a través de las pericias psicológicas, que demostraron el grado de afectación en la víctima; de entorno social, que determinó la condición socioeconómica de la víctima”, indicó la Fiscalía.


Además de la condena, el Tribunal impuso a la profesora una multa de diez salarios unificados del trabajador en general y al pago de 800 dólares de reparación integral a la víctima y su familia.

La maestra recibió la máxima sentencia para este delito, incrementada en un tercio, al determinar que existieron circunstancias agravantes.

A la causa se le aplico el articulo 177 del Código  Orgánico Integral Penal de Ecuador.

En la legislación ecuatoriana se incorporó el delito de odio en 2009 a través de una reforma que tipifica de manera independiente con una sanción basada en la “igualdad y no discriminación” y contenida en el artículo 177 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que establece una pena de prisión de uno a tres años.

El artículo 177 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que “la persona que cometa actos de violencia física o psicológica de odio contra una o más personas en razón de su nacionalidad, etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género u orientación sexual, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, condición socioeconómica, condición migratoria, discapacidad, estado de salud o por portar VIH, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Los jueces dictaron la máxima sentencia más un tercio de esta por agravantes que no fueron explicados.

Casos en los cuales se aplico el articulo 177

En Ecuador ya se han emitido condenas similares años anteriores. En el 2011, una madre denunció a una maestra de una escuela fiscal de Sauces 5, en el norte de Guayaquil, por discriminar a su hijo, en ese entonces de 9 años, con discapacidad intelectual.

Dos años y ocho meses después, el Tribunal Tercero de Garantías Penales del Guayas declaró, de manera oral, culpable a la docente por el delito de odio contra el menor, que padece el 65 % de discapacidad intelectual por trastornos de bipolaridad.(I)



Existen sentencias previas contra docentes por maltratar o discriminar a estudiantes, como una profesora que en 2014, y luego de tres años de proceso judicial, fue sentenciada por el delito de odio contra un menor con discapacidad intelectual.

Asimismo, en 2016 Ecuador propició la primera sentencia en un caso de odio racial contra un ciudadano afrodescendiente dentro de las Fuerzas Armadas.




Fuente: ACSUN,infobae,eluniverso



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