viernes, 5 de octubre de 2012
martes, 28 de septiembre de 2010
Lo que nos dejo el Día del Patrimonio 2010
Decidimos cambiar estrategía de solidaridad con las Organizaciones Amigas y salimos de gira en la tarde montevideana.
Foto: Afiche promosional de las funciones del "Desalojo de la Casa de los Negros del dramaturgo Afrouruguayo Don Emilio Cardozo. Autor.Lic. Javier Díaz.
En esta edición no abrimos las puertas, pero por lo contrario participamos en forma activa visitando dos actividades muy atractivas en lo que tiene que ver con la visualización del Teatro independiente uruguayo.
La carga de emotividad fue el principal actor para los que peinan canas y el motor que nos debe impulsar para continuar en un camino alternativo de cambio cultural.
Foto: Maestro de la Danza con la Escoba "Riberito" integrante del Teatro Negro Independiente. Autor Lic. Javier Díaz.
Para todas las personas que entienden que las politicas culturales no sirven para dignificar nuestra autoestima e inclusión de los afrodescendientes la trayectoria del Teatro Negro Independendiente relatada por el Sr. Tomas Olivera Chirimini y puesta escena por el conjunto que dirige nos demostro lo contrario.
La Sra. Leguiozamon realizo un homenaje a nuestro actores y actrices afrodescendientes que a lo largo de la historia pisaron las tablas de nuestro país. Entre las personas que recibieron una mensión podemos destacar a :
Juan Silva
Angela Alvez
Marta Nieres
Isabel Espinosa
A esta lista nos gustaría agregar a un actor defensor de los autores afrouruguayos como lo es el Sr. Alfredo Espinosa.
Un capitulo aparte nos merece el Sr. Francisco Merino impulsor de la Compañia del Teatro Negro Independiente.
Para nuestros lectores y lectoras le dejamos un link donde se resumen en parte de la historia viva de esta compañia teatral ya desaparecida.
http://journals.ku.edu/index.php/latr/article/viewFile/1117/1092
Nota: El link un articulo de la investigadora Juana Maria Cordones Cook.
Nuestra Coordinadora Prof. Amanda Espinosa realizó una semblanza de la obra del Dramaturgo Don Emilio Cardozo, para nuestra felicidad y regocijo lo podemos dsifrutar y homenajear en vida. En su discurso destaco la representación de mediados de los noventas del "Desalojode la Calle de los Negros" teniendo como escenario las ruinas de Barrio Reus al Sur.

Foto: Prof. Amanda Espinosa y Sra. Graciela Leguizamon. Autor. Lic. Javier Díaz.
Invitamos a nuestros lectores y blogs Amigos a respetar el derecho de autor y citar todas las fuentes entre ellas los links de interes y las fotos.
martes, 18 de agosto de 2009
María ya tienes Derechos (primera parte)

El 19 de agosto es día de pago y no laborable para las empleadas domésticas.
En nuestros recientes estudios hemos descubierto cada vez más mujeres afrodescendientes fuera del sistema de previsión social, como consecuencia de ello son contratadas de palabra. No tienen derecho a despido, les pagan cuando quieren.
Un aporte para este día es difundir que derechos tienen como trabajadoras.
En 2005 más del 77% de las mujeres ocupadas en el servicio doméstico enfrentaba algún problema de empleo (subempleo y/o no registro a la Seguridad Social). Esta situación se ve agravada en el caso de las mujeres afrodescendientes ocupadas en el servicio doméstico, duplicando al porcentaje de mujeres no afros ocupadas en dicha actividad.
A continuación les damos algunos datos para que tengan en cuenta y difundan. Quien no tiene una madre, tia, hermana, amiga que no esta dentro de esta situación.
El Presidente de la República, Tabaré Vazquez, el 18 de junio de 2007 firmo el decreto para reglamentar la ley Nº 18.065 del 27 de noviembre de 2006, que formaliza el servicio doméstico. La nueva norma regulariza los derechos y beneficios sociales de las empleadas de este sector.
El artículo 1 del nuevo decreto establece como trabajo doméstico el que presta, en relación de dependencia, "una persona a otra u otras, a una o más familias, con el objeto de consagrarles su cuidado y su trabajo en el hogar en tareas vinculadas a éste, sin que dichas tareas puedan representar para el empleador una ganancia económica directa".
En tanto, no considera trabajo doméstico el realizado por: porteros, limpiadores y ascensoristas que ocupan los propietarios de casa de apartamentos o escritorios, ni los choferes particulares, ni el personal de servicio doméstico rural.
El Poder Ejecutivo decretó que, a partir de ahora, en esta área sólo se podrán contratar mayores de 18 años, por un salario mínimo de 4.320 pesos de acuerdo al ajuste de salarial de enero de 2009. Las empleadas trabajarán un máximo de 8 horas diarias, hasta sumar 44 semanales. Según el artículo 4 del decreto, la edad mínima para desempeñarse como trabajador de servicio doméstico se establece en 18 años. Sin perjuicio de ello, el INAU podrá autorizar el desarrollo de la actividad a partir de los 15 años
El decreto nace como una iniciativa en conjunto entre la Comisión de Equidad y Genero del PIT – CNT y el Sindicato Unico de Trabajadoras Domésticas.
Las domésticas están conformes con la reglamentación, aunque solicitan que las horas de descanso para las empleadas con cama sean remuneradas.
La ley prevé otros aspectos. Si las empleadas domésticas son contratadas con cama, el empleador deberá proporcionarles alimentación y habitación (art. 11), y asegurarles un día y medio de descanso a la semana, además de respetarles nueve horas de descanso sin interrupciones. Las domésticas con cama deberán tener aseguradas un mínimo de tres comidas diarias -desayuno, almuerzo y cena- y contar con una habitación privada, amueblada e higiénica.
Es un primer paso pero aún tiene falencias en lo que tiene que ver con las horas extras.
“NO TEMAS AGREMIARTE”
El estar agramiada es un derecho humano y te otorga más respaldo al momento de hacer tus revindicaciones.
Todas las empleadas domésticas deberán estar debidamente inscritas ante el BPS, y tendrán derecho al seguro de paro, a la atención sanitaria y al seguro de enfermedad. Lo que más se resalta es la edad para ser empleada. Es muy frecuente que las menores de 15 trabajen como domésticas, y de ahora en más no podrán trabajar ni siquiera con la autorización del INAU.
Reclama tus derechos como trabajador!!!!!!!
En cuanto a las horas extras, el artículo 7 establece que se pagarán dobles, y si se realizan en días feriados o de descanso semanal se retribuirá un 150% más.
En todos los casos según el artículo 12 el patrón deberá extender un recibo de sueldo.
Ya no sos más: “María , la sirvienta o la empleada”
Sos una trabajadora con Derechos.


